El procurador adjunto y director general de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, solicitó al tribunal rechazar en cuanto al fondo el recurso de oposición presentado contra la decisión que desestimó la admisión de un peritaje o consultor técnico.
Camacho explicó que, para que el tribunal reconsidere su decisión, tendría que demostrarse que la Presidencia se equivocó al valorar el pedimento con base en el artículo 134 del Código Procesal Penal.
Señaló que ni el artículo 134 ni las reglas relativas al peritaje establecidas en el artículo 208 constituyen una imposición para el juez.
“Ni el peritaje, porque el 134 manda a aplicar las reglas del peritaje, las establecidas en el 208, ni el 134 son una camisa de fuerza para el juez”, sostuvo.
El representante del Ministerio Público indicó que corresponde al tribunal valorar, en cada caso, si resulta necesaria la admisión de un peritaje o la participación de un consultor técnico.
En este caso, afirmó, el tribunal ya determinó que no era necesario, mientras que el recurso de oposición no habría demostrado por qué esa decisión resulta indispensable ni en qué aspecto el tribunal habría incurrido en un error.
Por ello, Camacho planteó que el recurso sea acogido únicamente en cuanto a la forma, al considerar que fue presentado dentro del plazo correspondiente, pero que sea rechazado en cuanto al fondo.
“Lo que debe suceder en derecho es que el tribunal acoja única y exclusivamente el recurso de oposición en cuanto a la forma, por haber sido presentado al menos en tiempo hábil, y que en cuanto al fondo rechace el referido recurso de oposición”, concluyó.
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