El abogado querellante del caso Jet Set, José Valdez, sostuvo que una eventual condena de dos años de prisión contra los imputados por el colapso de la discoteca debe cumplirse de manera efectiva y sin posibilidad de suspensión, al considerar que no existen razones legales para aplicar ese beneficio.
Valdez afirmó que comparte la posición expresada por la Fiscalía y señaló que, por la gravedad del hecho, tanto el Ministerio Público como los abogados de las partes querellantes deben solicitar la pena máxima prevista para este caso.
"Lo menos que pudiéramos nosotros pedir, tanto la Fiscalía como los abogados de las partes querellantes, es que la pena, que lastimosamente es de dos años, sea de cumplimiento efectivo. En modo alguno esa pena puede ser suspendida. No hay razones para que sea suspendida", expresó.
Explicó, además, que la duración del expediente obedece a la cantidad de personas involucradas, entre ellas las 236 víctimas mortales y los lesionados, así como a los incidentes procesales promovidos por la defensa. Agregó que la extinción de la acción penal tiene un plazo máximo de cuatro años, por lo que considera que esa posibilidad está lejos de ocurrir.
El abogado también aclaró que, en caso de una condena, el tiempo transcurrido durante el proceso no sería descontado de la pena, ya que los imputados no estuvieron bajo prisión preventiva como medida de coerción. Indicó que ese beneficio solo aplica cuando el acusado ha permanecido en prisión o bajo arresto domiciliario.
Asimismo, precisó que una eventual sentencia condenatoria no implicaría el ingreso inmediato a prisión. Explicó que los condenados tienen derecho a presentar recursos de apelación y casación, por lo que solo cuando la sentencia adquiera la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada corresponderá al juez de ejecución de la pena ordenar su cumplimiento.
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