A propósito del cumplimiento de la condena de 30 años de prisión impuesta a Mario José Redondo Llenas, el nuevo Código Penal Dominicano establece un régimen de sanciones que habría elevado su pena hasta un máximo de 60 años de cárcel debido a la acumulación de delitos.
La nueva pieza legislativa, que entrará en vigencia en agosto de 2026, introduce el concepto de concurso de infracciones y penas acumulativas, permitiendo que las condenas por distintos delitos sean sumadas para determinar una sanción final.
En el caso de Redondo Llenas, los delitos atribuidos incluyen secuestro agravado con actos de tortura, asociación de malhechores, homicidio agravado o asesinato y actos de crueldad y barbarie, cuyas penas individuales oscilan entre 5 y 40 años de prisión.
Según el nuevo Código Penal
- El secuestro agravado con actos de tortura conlleva penas de 30 a 40 años.
- La asociación de malhechores se castiga con 5 a 10 años.
- El homicidio agravado o asesinato contempla de 30 a 40 años.
- Los actos de crueldad y barbarie también establecen condenas de 30 a 40 años.
- La suma total de estas infracciones alcanzaría hasta 130 años de prisión, sin embargo, la legislación fija un límite máximo acumulativo de 60 años de cárcel.
El nuevo Código Penal también incorpora figuras relacionadas con crímenes de guerra. En su artículo 85 establece que las infracciones muy graves de guerra serán sancionadas con penas de 30 a 40 años de prisión mayor y multas de entre 50 y mil salarios mínimos del sector público para quienes cometan u ordenen cometer estos actos en tiempos de guerra o durante conflictos armados nacionales o internacionales.
Datos del caso
El caso de José Rafael Llenas Aybar marcó profundamente a la sociedad dominicana y permanece como uno de los crímenes más impactantes y dolorosos en la historia reciente del país.
El hecho ocurrió en mayo de 1996, cuando el adolescente de 12 años fue secuestrado, torturado y posteriormente asesinado en un caso que conmocionó a toda la nación por el nivel de crueldad con el que actuaron los responsables y hoy 30 años después la herida sigue latente en la sociedad dominicana.
Otras sanciones que contempla el nuevo Código Penal Dominicano
La nueva legislación penal, que entrará en vigencia en agosto de 2026, introduce cambios significativos en el sistema de sanciones, estableciendo penas acumulativas para quienes cometan múltiples delitos y endureciendo las condenas en casos de reincidencia y violencia de género.
El artículo 48 establece la acumulación de penas, indicando que cuando una persona sea encontrada culpable en uno o varios procesos, las condenas pronunciadas se ejecutarán de manera acumulativa, permitiendo que las sanciones sean sumadas hasta alcanzar el límite máximo permitido por la ley.
Asimismo, el artículo 127 define la violencia de género como cualquier acción o conducta pública o privada que, mediante fuerza física, violencia económica, patrimonial, psicológica, verbal, intimidación o persecución, cause daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a una persona por razón de su sexo. Esta infracción será sancionada con penas de cinco a diez años de prisión mayor y multas de entre diez y veinte salarios mínimos del sector público.
La normativa también endurece las consecuencias para quienes reincidan en delitos graves. El artículo 54 establece que la violencia de género en cualquiera de sus modalidades, así como la violencia doméstica o intrafamiliar, el abuso, el incesto, la agresión y violación sexual, serán consideradas infracciones muy graves en casos de reincidencia.
En tanto, el artículo 52 dispone que, si una persona condenada irrevocablemente por una infracción grave o muy grave comete otro delito de igual magnitud, se le impondrá la pena inmediatamente superior a la correspondiente. Además, el párrafo de este artículo señala que si la nueva infracción contempla penas de 30 a 40 años de prisión mayor, la sanción aplicable será automáticamente de 40 años de prisión.
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