Durante la réplica del Ministerio Público en el proceso judicial del caso Calamar, la fiscal Mirna Ortiz sostuvo que el expediente cuenta con suficiencia probatoria para sostener la acusación, al tiempo que rechazó los cuestionamientos de las defensas sobre la legalidad de los peritajes realizados por la Unidad de Auditoría de la Contraloría General de la República.
Ortiz explicó ante la jueza Altagracia Ramírez del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional destacó que los elementos probatorios fueron considerados suficientes para llevar el caso a juicio.
Resaltó que, en situaciones similares, como en el caso de Juan Alexis Medina, se obtuvo decisiones condenatorias sustentadas en pruebas de naturaleza comparable.
La representante del órgano persecutor rechazó los intentos de las defensas de desacreditar los informes técnicos, señalando que los cuestionamientos se han realizado no solo en estrados judiciales, sino también en medios de comunicación, recurriendo según afirmó a narrativas que buscan deslegitimar el trabajo técnico mediante ataques personales y emocionales.
En ese sentido, Ortiz respondió a los alegatos de que la unidad de la Contraloría que elaboró los informes sería “inexistente” o carecería de competencia legal, aclarando que la designación de peritos durante la etapa preparatoria es una facultad exclusiva del Ministerio Público, el cual puede seleccionar a las personas que considere con la capacidad y calidad técnica necesarias.
Explicó que, aunque el Ministerio Público no está obligado a recurrir a personal de la Contraloría para realizar experticias, dicha institución sí cuenta con atribuciones legales propias para desarrollar investigaciones administrativas, conforme a la Ley 107-13, que regula el Sistema Nacional de Control Interno.
Citando los artículos 14 y 15 de dicha normativa, la fiscal señaló que la Contraloría tiene facultad para investigar desviaciones en el uso de recursos públicos, ya sea de oficio o a solicitud de otras entidades del Estado, y para remitir los resultados de esas investigaciones al Ministerio Público cuando existan indicios de responsabilidad penal.
Ortiz precisó además que la unidad cuestionada no es un organismo independiente, sino una dependencia interna de la Contraloría General de la República, con competencias claramente establecidas por la ley. Agregó que su existencia y funciones fueron reconocidas desde el año 2021 por el Ministerio de Administración Pública, lo que a su juicio desmonta cualquier alegato de ilegalidad o extralimitación de funciones.
“Por tanto, no es cierto que se trate de un órgano ilegítimo ni que haya actuado fuera del marco legal”, concluyó la fiscal, reiterando que las actuaciones del Ministerio Público y de la Contraloría se ajustaron plenamente al ordenamiento jurídico vigente.
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