Una jueza de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste impuso tres meses de prisión preventiva a Santiago Ángeles Willmore, acusado por el Ministerio Público de agredir físicamente a tres integrantes de su familia en un hecho ocurrido el pasado 4 de octubre en el sector Libertador de Herrera.
Entre las personas que, según la acusación, fueron agredidas se encuentra un niño de siete años con trastorno del espectro autista (TEA), quien habría recibido un golpe en la cabeza con un objeto de madera.
De acuerdo con la solicitud de medida de coerción presentada por la fiscal Alexandra Marine, el menor fue trasladado por una unidad del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 al Hospital Pediátrico Dr. Robert Reid Cabral, donde recibió atención médica y fue diagnosticado con trauma craneal leve.
El expediente también señala como víctimas a la madre del imputado, de 86 años, y a una hermana con discapacidad visual.
Lesiones documentadas
Durante la audiencia, el fiscal Joel Pinales, en representación del Ministerio Público, presentó varios elementos de prueba, entre ellos certificados médicos correspondientes a las víctimas.
Según el expediente, el niño presenta una lesión física reciente en la región frontal, con un período de curación estimado en 20 días. También fueron documentadas lesiones antiguas y cicatrizadas que, de acuerdo con el Ministerio Público, son compatibles con maltrato infantil.
En el caso de una de las víctimas adultas, el certificado médico establece una lesión contusa reciente en la región glútea, con un período de curación de 10 días.
La jueza Cecilia Toribio dispuso que Ángeles Willmore cumpla la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras, en el municipio de Guerra, provincia Santo Domingo.
El Ministerio Público atribuye provisionalmente al imputado la violación de disposiciones de la Ley 74-25, que sanciona distintas formas de violencia, así como del artículo 396 de la Ley 136-03, que establece el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.
La acusación también incluye disposiciones de la Ley 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente, y de la Ley 5-13, Orgánica sobre Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad.
La prisión preventiva constituye una medida cautelar y no determina la culpabilidad del imputado, cuya responsabilidad penal deberá ser establecida mediante el proceso judicial correspondiente.
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