Las defensas de Alfredo Alexander Solano Augusto y Ramón Lucrecio Burgos Acosta, parte de los involucrados en el denominado caso Medusa, solicitaron este lunes al tribunal declarar extinguida la acción penal contra sus representados, al sostener que el proceso ha superado el plazo máximo previsto por la ley.
Los abogados plantearon que el cómputo debe hacerse de manera individual para cada imputado, tomando en cuenta las actuaciones y suspensiones procesales que correspondan a cada caso.
Durante sus argumentos, la defensa hizo referencia a una decisión previa en la que se establece que el tribunal debe analizar las suspensiones de las actuaciones procesales desde la individualidad de cada imputado y cuantificar el impacto de cada una en el cómputo del plazo.
“De modo específico, en el párrafo 10.11 de esa decisión destaca: ‘El tribunal a quo debió analizar las suspensiones de actuaciones procesales desde la individualidad de cada uno de los imputados’”, expuso la defensa.
A partir de ese criterio, los abogados plantearon que corresponde establecer cuál debe ser el punto de partida para realizar el cómputo respecto de cada acusado y determinar cuánto tiempo efectivo ha transcurrido.
La defensa señaló que, al establecer ese punto de partida, tomó como referencia un criterio que ya había sido reconocido por el propio tribunal.
Además de Alfredo Alexander Solano Augusto, exsubdirector administrativo y financiero de la Procuraduría General de la República, y Ramón Lucrecio Burgos Acosta, en el proceso figuran Javier Alejandro Forteza Ibarra, exdirector de Tecnología de la Información de la PGR; Jonathan Joel Rodríguez Imbert, exdirector administrativo de la institución; Miguel José Moya, exasesor de la Procuraduría; Rafael Antonio Merhems Sena; Braulio Michael Batista Barias; Alejandro Martín Rosa Llanes; Félix Antonio Rosario Labrada y Altagracia Guillén Caldado.
Toman como referencia junio de 2021
En sus alegatos, los abogados identificaron el 24 de junio de 2021 como una fecha relevante para establecer el inicio de la investigación relacionada con la gestión de la Procuraduría General de la República durante la administración de Jean Alain Rodríguez.
Ese día, según explicaron, se produjo una actuación de las autoridades denominada “alerta migratoria ilegal”, dirigida contra el exprocurador.
La defensa argumentó que, aunque la medida fue ejecutada contra Jean Alain Rodríguez, formaba parte de la misma investigación posteriormente desarrollada por el Ministerio Público.
“Es una única investigación que deriva en 34 líneas”, sostuvo la defensa al referirse a la estructura de la investigación y a los distintos imputados vinculados al proceso.
Los abogados consideran que estas actuaciones deben ser tomadas en cuenta para establecer el período total transcurrido y determinar si se ha superado el plazo máximo permitido para la duración del proceso penal.
La solicitud de las defensas se produce pocos días después de que el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazara una petición de extinción planteada en el proceso contra Jean Alain Rodríguez y otros acusados.
Ahora, las juezas deberán valorar los argumentos presentados por las defensas y determinar, mediante el cómputo individual de las actuaciones y las suspensiones procesales, si corresponde declarar extinguida la acción penal respecto de los imputados que han presentado la solicitud
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