El director de la Oficina Nacional de la Defensa Pública (ONDP), Rodolfo Valentín, advirtió que la institución no asignará defensores públicos para representar a empresas u organizaciones privadas, al considerar que esa asistencia no está contemplada en la Constitución de la República ni en la Ley de la Defensa Pública.

Valentín explicó que el servicio de asistencia legal gratuita de la Defensa Pública está diseñado para garantizar el derecho de defensa de personas físicas que no cuentan con recursos para contratar un abogado privado, no para representar a personas jurídicas.

El funcionario aseguró que algunos tribunales del Distrito Nacional han requerido la asignación de defensores públicos para representar empresas y organizaciones privadas.

“Algunos tribunales del Distrito Nacional se han empecinado en requerir defensores públicos para defender empresas y organizaciones privadas”, afirmó Valentín, quien consideró que con estas decisiones se estaría colocando a la institución en lo que calificó como “trampas estratégicas interpartes”.

Según el director de la ONDP, la interpretación utilizada para justificar estos requerimientos parte de una lectura incorrecta de las disposiciones constitucionales y legales sobre el derecho a la defensa.

Explicó que, aunque la legislación utiliza el término “persona”, la Constitución distingue entre personas físicas y personas jurídicas, y establece derechos y obligaciones diferentes para estas últimas.

La posición de la Defensa Pública se produce luego de que el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional aplazara para el próximo 22 de septiembre el inicio del juicio de fondo del caso, debido, entre otras razones, a que Inprosol, S.R.L., una de las empresas imputadas, acudió sin representación legal.

Ante la ausencia de abogado, las juezas habían dispuesto que la Defensa Pública asumiera la defensa técnica de la sociedad comercial, pero la institución no acudió a la audiencia al considerar que no tiene competencia para representar a personas jurídicas.

La controversia se intensificó porque la decisión del tribunal no fue asumida por la Defensa Pública. De acuerdo con la abogada Laura Acosta, representante del exdirector del Intrant Hugo Beras, el tribunal había notificado a la institución desde el 20 de agosto para que designara un defensor para Inprosol, debido a que la empresa se encontraba sin abogado.

La falta de representación de la compañía fue uno de los factores que terminó provocando el nuevo aplazamiento del juicio. 

Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), Mirna Ortiz, cuestionó la negativa de la Defensa Pública y planteó que podría constituir un desacato conforme al Código Penal vigente.

El Ministerio Público pidió al tribunal advertir a la institución sobre las consecuencias de no cumplir la disposición y procurar que un defensor público sea enviado a la próxima audiencia.

Llevarán la disputa al Tribunal Constitucional

La Defensa Pública informó que ha llevado esta controversia ante el Tribunal Constitucional, donde están pendientes varios recursos de revisión relacionados con decisiones judiciales sobre este tema.

Valentín informó que la Defensa Pública ya ha interpuesto varios recursos de revisión constitucional contra decisiones jurisdiccionales relacionadas con la exigencia de asignar defensores públicos a empresas privadas.

Los recursos, según explicó, se encuentran pendientes de conocimiento ante el Tribunal Constitucional.

El director de la institución sostuvo que, mientras algunos tribunales han requerido defensores públicos para empresas, otros han optado por declarar en rebeldía a las personas jurídicas y continuar los procesos respecto de los imputados que sí son personas físicas.

En esos casos, aseguró, a los imputados no se les ha negado el derecho a contar con asistencia técnica para ejercer sus medios de defensa.

Valentín dice que el modelo no existe en Iberoamérica

Como miembro de la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas y coordinador del Caribe, el funcionario afirmó que no conoce otro sistema de defensoría pública en la región que contemple la representación de empresas u organizaciones privadas.

Mencionó a España como un caso con características particulares, aunque precisó que allí la asistencia puede alcanzar a determinadas organizaciones sin fines de lucro vinculadas a servicios sociales y humanitarios, como ONG y fundaciones.

A su juicio, ese modelo no puede equipararse a la representación de empresas privadas con fines comerciales en República Dominicana.

“No vamos a caer en esa trampa”

Valentín reiteró que la Defensa Pública respeta las decisiones de los tribunales, pero sostuvo que la institución mantendrá su posición frente a los requerimientos que, según entiende, exceden sus competencias.

“No vamos a caer en esa trampa mal intencionada de parte de jueces, fiscales y abogados privados”, afirmó.

La Oficina Nacional de la Defensa Pública reiteró que su misión es garantizar el derecho a la defensa de las personas que no cuentan con recursos para pagar un abogado particular, con especial atención a los sectores más vulnerables del país.

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