Tras una denuncia presentada en el programa "Nuria Investigación Periodística", la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS) realizó una inspección técnica que reveló múltiples violaciones a las normativas sanitarias en el consultorio del Dr. José Ernesto Fadul. La investigación se centró en la prescripción y despacho de suplementos a niños con Trastorno del Espectro Autista (TEA) sin los permisos correspondiente.
El escenario de la inspección
El operativo se llevó a cabo el 6 de marzo de 2026 en el consultorio ubicado en la Plaza Bella Terra, Santiago de los Caballeros. Durante la visita, el doctor Fadul admitió el uso de Vitaminas de Complejo B y Aminoácidos, alegando que estos son donados o comprados por él para ser entregados de forma gratuita a sus pacientes.
Hallazgos críticos: trazabilidad y reenvasado
La inspección de la Dirección de Vigilancia Sanitaria constató prácticas que comprometen la seguridad de los pacientes:
- Manipulación y re-envasado: Se verificó que los medicamentos y suplementos eran fraccionados y dispensados sin su presentación original. Estas prácticas de re-envasado impiden garantizar la trazabilidad de los productos, ya que se pierde el rastro de su origen, lote y fecha de vencimiento.
- Falta de documentación: Gran parte de los productos provenían de donaciones y adquisiciones directas sin contar con los registros regulatorios exigidos que verifiquen su procedencia legal.
Resultados de Laboratorio: fallas de calidad
El Laboratorio de Evaluación de Productos de Consumo Humano analizó las muestras retiradas, arrojando resultados preocupantes sobre la eficacia de los productos:
- Suplementos de Aminoácidos: Las pruebas de laboratorio evidenciaron que las tabletas no se desintegran, lo que invalida su efectividad terapéutica.
- Complejo B: Mientras que algunos productos de Complejo B en tableta resultaron conforme "No conforme" en componentes esenciales como Niacinamida, Piridoxina, Riboflavina y Tiamina.
El marco legal y posibles sanciones
DIGEMAPS determinó que el doctor Fadul ha incurrido en incumplimientos normativos severos bajo el Decreto 246-06 y la Ley General de Salud 42-01, debido a la incompatibilidad de funciones, ya que la ley establece que el ejercicio clínico de la medicina es incompatible con el ejercicio profesional farmacéutico dentro de un consultorio, prohibiendo la comercialización o despacho de medicamentos en estos espacios para evitar conflictos de interés.
También, infracciones administrativas determinadas por la falta de trazabilidad y el manejo irregular de fármacos se consideran indicios de infracciones que pueden dar lugar a multas, clausura del establecimiento o suspensión de habilitaciones.
Medidas inmediatas
Ante la gravedad de los hechos, la autoridad sanitaria ha dictado las siguientes acciones:
- Cese inmediato: Se ordenó detener de inmediato la manipulación, re-envasado y etiquetado de productos sujetos a regulación sanitaria en el consultorio.
- Verificación de productos: Antes de cualquier prescripción, el consultorio debe asegurar que los productos cuenten con registro sanitario, lote y fecha de vencimiento vigentes para mitigar riesgos terapéuticos.
- Canalización de donaciones: Las ayudas sanitarias deben gestionarse exclusivamente a través de los mecanismos oficiales establecidos por el Estado dominicano para prevenir la circulación de productos ilícitos o falsificados.
El informe señala que DIGEMAPS mantiene una investigación abierta para determinar las sanciones definitivas en estricto apego al debido proceso administrativo.
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