El abogado José Paula manifestó su desacuerdo con la calificación jurídica adoptada por el Ministerio Público en el caso Jet Set, al considerar que los hechos no encajan en el tipo penal de homicidio involuntario, establecido en el artículo 319 del Código Penal, sino que deben analizarse bajo la responsabilidad civil contemplada en el artículo 1386 del Código Civil.

El jurista explicó que el artículo 319 exige la concurrencia de varios elementos, entre ellos la imprudencia, la inadvertencia y la inobservancia de reglamentos, condiciones que, a su juicio, no se configuran plenamente en el proceso que involucra a Antonio Espaillat.

“En el caso Jet Set no hay un tipo penal. Aquí lo que existe es una figura jurídica claramente establecida en el artículo 1386 del Código Civil”, afirmó.

José Paula argumentó que no se trata de una acción directa que haya provocado el hecho, sino, en todo caso, de una posible omisión, lo que —según indicó— desplaza el caso del ámbito penal hacia el civil. En ese sentido, sostuvo que la acusación formulada por la fiscalía resulta incorrecta desde el punto de vista jurídico.

Asimismo, consideró que la imposición de medidas como la prisión preventiva sería desproporcionada, dado que, bajo una óptica civil, las consecuencias legales no implican sanciones penales severas.

Mery Ann Escolástico

Periodista

Ganadora de Historias de Reciclaje – Premio Mundo sin Residuos al Periodismo 2020-2021. Autora del libro de poemas “Desahogando mis deseos”. Periodista, Fotoperiodista, Corresponsal de Eventos, Abogada y Docente en UNAPEC.

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