Rubí es una mujer muy destacada por su exitosa carrera como empresaria; mujer joven, elegante, talentosa, ha sabido liderar su empresa como la gran profesional que es, trabajadora, inspiradora, ejemplo a seguir. Sus cualidades como mujer empresaria, enfocada a resultados, resaltan a todas luces; su minucioso empeño y dedicación en cada tarea que ejerce, hablan por sí solos.
Su vida personal no podía ser diferente: 2 hermosos hijos y un matrimonio feliz, ella es la alegría de su familia, el alma de la fiesta, la dama de su casa, una vida casi perfecta. Lo que nadie podía ni remotamente imaginar es que Rubí, la mujer fuerte, emprendedora y empoderada que vemos, es golpeada por su esposo cada vez que éste se molesta con ella, la humilla, la menosprecia, y transcurrido un lapso de tiempo, él vuelve a la normalidad que da a conocer, de esposo amoroso y respetable.
Hasta el día que se supo la verdad. Ese día que su esposo molesto se acercó hacia ella en un lugar público, y ahí le “entró” a trompadas, poniendo en evidencia el monstruo que era como esposo y dejando al descubierto la vida inmerecida que le hacía vivir y soportar a Rubí. ¡Por Dios Rubí! Todos exclamaban en asombro mientras ella se negaba hacer algo en contra de su esposo, y así venía todo un despliegue de preguntas que no encontraban respuesta ante la incoherencia de vida que vivía en su vida íntima y la que demostraba ser en público.
Tajantemente prohibió Rubí a cualquier persona hacer o decir algo de lo sucedido, pues no fue nada, solo “un desliz”, mientras su cara roja abofeteada y su pelo despeinado gritaban lo contrario.
Lo anterior es tan sólo un pequeño ejemplo de lo que constituye el delito de violencia de género. Si, delito, porque una “simple” bofetada, un halón de pelo, un maltrato verbal contra tu pareja sentimental es una conducta reprochable castigada por ley.
La violencia de género ha sido y sigue siendo una de las manifestaciones más claras de la desigualdad, subordinación y de las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Tiene su origen en la desigualdad de género, el abuso de poder y la existencia de normas dañinas, dejando claro que este tipo de violencia se ejerce y se basa por la diferencia subjetiva entre los sexos: las mujeres sufren violencia por el mero hecho de ser mujeres de cualquier estrato social, nivel educativo, cultural o económico.
La Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer AG de Naciones Unidas, lo ha definido como: “todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada.”
De acuerdo al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad del Gobierno de España, la violencia de género es aquella que se ejerce sobre las mujeres por parte de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones de afectividad (parejas o exparejas). El objetivo del agresor es producir daño y conseguir el control sobre la mujer, por lo que se produce de manera continuada en el tiempo y sistemática en la forma, como parte de una misma estrategia.
En el mismo sentido lo ha definido nuestra Ley 24-97 que introdujo modificaciones al código penal dominicano, dejando estipulado en el artículo 309 párrafo 2 que: “constituye violencia doméstica o intrafamiliar todo patrón de conducta mediante el empleo de fuerza física, o violencia psicológica, verbal, intimidación o persecución contra uno o varios miembros de la familia o contra cualquier persona, que mantenga una relación de convivencia contra el cónyuge, o excónyuge, conviviente, ex – conviviente o pareja consensual o persona bajo cuya autoridad, protección o cuidado se encuentra la familia. Las penas a aplicar por la comisión de este delito varían entre 1 a 10 años, según la gravedad del mismo.
La violencia contra las mujeres es una de las violaciones más generalizadas de los derechos humanos en el mundo. Todos los días se producen casos de este tipo en todos los rincones del planeta. Este tipo de violencia tiene graves consecuencias físicas, económicas y psicológicas sobre las mujeres tanto a corto como a largo plazo. La magnitud del impacto que provoca en la vida de las personas, de sus familias y de la sociedad en su conjunto, es inmensa.
Por tanto, tenemos que poner un alto a la violencia contra la mujer, un alto a su tolerancia, a querer normalizarla, a restarle importancia; la violencia no constituye en modo alguno una conducta normal ni justificada en ninguna persona, ¡es violencia! Y si no sabemos lo que significa en su justa dimensión violencia, dicen los diccionarios que “es el uso intencional de la fuerza física o el poder real o como amenaza contra uno mismo, una persona, grupo o comunidad que tiene como resultado la probabilidad de daño psicológico, lesiones, la muerte, privación o mal desarrollo.”
El delito de violencia contra la mujer se ha facilitado identificarlo, ya que cuenta con 3 fases en las que se produce y se reproduce: acumulación de tensión, estallido de violencia y luna de miel. La articulación de estas fases da origen a lo que conocemos como círculo de violencia, concepto desarrollado por la psicóloga Lenore E. Walker quien planteó que la violencia contra las mujeres aumenta de forma cíclica, o en espiral ascendente.
Mujer, basta ya de tolerar maltratos, de justificar lo injustificable, ¡no mereces eso! Ponte en alerta cuando veas las fases del círculo de la violencia asomarse a tu pareja: si acumula tensión, estalla y luego viene en modo “luna de miel“. No tengas temor de actuar en tu favor, por tu amor propio, sé valiente, naciste para brillar y no para que opaquen tu luz.
Sal del círculo, denuncia, y luchemos todas juntas hasta alcanzar tolerancia cero a la violencia contra la mujer.
Sonia Hernández es abogada penalista, exprocuradora fiscal de la provincia Santo Domingo, actualmente socia del despacho legal Global District Law y consultora experta en materia de trata de personas para Misión Internacional de Justicia, República Dominicana (IJM). Tiene una maestría en Derechos Fundamentales por la Universidad Carlos III de Madrid, España y una especialidad en Derecho Procesal Penal por la Universidad Autónoma de Santo Domingo.