Las elecciones generales presidenciales, congresuales y municipales estuvieron unificadas hasta la materialización de la reforma constitucional del año 1994, que dispuso la separación de las presidenciales de las congresuales y municipales.
Como consecuencia de esta reforma, las elecciones presidenciales se celebraron de manera separada de las congresuales y municipales, por un espacio de tiempo de dos años, desde el año 1996, hasta que volvieron a unificarse, provisionalmente, en el 2016, como producto de la reforma constitucional de Leonel Fernández del año 2010.
Sin embargo, el artículo 209 de la Constitución Política entró en vigor en el año 2020, disponiendo lo siguiente: a) que los colegios electorales se abrirán cada cuatro años; b) que se deben elegir al Presidente y Vicepresidente, a los representantes legislativos, a las autoridades municipales y a los demás funcionarios o representantes electivos de modo separado e independiente; y, c) que las presidenciales, congresuales y de representantes ante el Parlamento Centroamericano (PARLACEN), deben celebrarse el tercer domingo del mes de mayo y las municipales, tres meses antes, el tercer domingo del mes de febrero.
Cuando se debatió la eliminación de las elecciones de medio término, exprese mi desacuerdo, tanto en el pleno de la JCE como en el Congreso Nacional, debido a que esta modalidad, además de evitar la influencia de la candidatura presidencial en la escogencia de los candidatos de los otros niveles de elección, motivó a los gobernantes, por razones electorales, a realizar, de manera permanente, diversas obras, tales como calles, aceras y contenes, en comunidades que hasta entonces habían sido marginadas.
Sin lugar a duda, el cambio del modelo de elecciones de medio término por el de separación por tres meses fue uno de los principales desaciertos del constituyente del 2010.
En ningún otro sistema electoral las elecciones están separadas por un espacio de tres meses, debido a las dificultades que le genera al proceso electoral, como se comprueba en el hecho de que la toma de posesión de los alcaldes y regidores, así como de los directores y los vocales de los distritos municipales, se celebra el día 24 de abril, debiendo la Junta Central Electoral, en un término de 48 días, igual que las juntas electorales, elaborar el computo de los resultados de los comicios y la relación del municipio, examinar las boletas anuladas y las observadas, levantar el acta de cómputo, hacer la relación general de la votación en cada municipio y la de los candidatos elegidos, publicar y distribuir las relaciones, conocer las nulidades y las apelaciones, hacer la relación general de resultados, determinar los candidatos elegidos, hacer los certificados de elección y proclamar a los candidatos elegidos.
El corto espacio de tiempo, de tres meses, que separa las elecciones, convierte al partido ganador de las elecciones municipales, cuando la diferencia es significativa, en el seguro ganador de las presidenciales y congresuales.
¿Qué pensará Leonel Fernández sobre la separación de las elecciones por un espacio de tiempo de tan solo tres meses, ahora que el Partido Revolucionario Moderno (PMR) tiene asegurada una amplísima victoria en las elecciones municipales del 18 de febrero, que dejará claramente definido el amplio triunfo del presidente, Luis Abinader, en primera vuelta?