Una de las materias que fue objeto de mayor abordaje en la reforma constitucional de 2010 fue la electoral, especialmente en sus aspectos jurisdiccionales. En efecto, el constituyente se inclinó por excluir del ámbito de competencia de la Junta Central Electoral el conocimiento de los litigios electorales y de los diferendos que involucren a los partidos políticos. En lo adelante, lo contencioso electoral viene siendo una responsabilidad del Tribunal Superior Electoral (TSE) y de las juntas electorales de los municipios y del Distrito Nacional como tribunales de primer grado en casos muy específicos.

La configuración constitucional del TSE como un órgano extrapoder, con la competencia para juzgar y decidir con carácter definitivo sobre los asuntos contencioso electorales y sobre los conflictos relativos a los partidos políticos, ha sido seguida por la actualización de nuestra legislación electoral, proceso que dio como resultado la aprobación de la Ley núm. 29-11, Orgánica del TSE, y de la Ley Orgánica del Régimen Electoral, así como también el establecimiento de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos. En la Constitución y en las indicadas legislaciones se encuentra esencialmente la base normativa de la alta corte electoral para dirimir los litigios electorales y partidistas, lo cual ha generado en esa instancia una abundante jurisprudencia, que se ve complementada y robustecida por los precedentes vinculantes del Tribunal Constitucional (TC) como órgano de cierre de la interpretación constitucional.

A lo anterior responde la nueva obra “Diccionario de Jurisprudencia Electoral. Definiciones y criterios jurisprudenciales extraídos de las sentencias del TC y del TSE”, autoría del ilustre jurista Namphi Rodríguez, a cuya puesta en circulación el pasado 4 de abril acudió una representación importante de juristas, académicos, estudiantes y autoridades públicas, destacándose la presencia del señor presidente de la República.

En su voluminoso trabajo, el profesor Rodríguez, de manera sucinta pero suficientemente edificante, plasma los más trascendentales razonamientos que han expresado tanto el TSE como el TC al decidir sobre diversos tópicos electorales. En ese orden, el texto inicia reproduciendo la definición que sobre la “Acción de amparo electoral” aportó el TSE en la sentencia TSE-019-2019, y concluye exponiendo el concepto de “Voto universal y directo” en los términos de la sentencia TC/0170/13, emitida por el máximo intérprete de la norma suprema.

En el doctor Namphi Rodríguez no solo se reúnen las condiciones de un abogado con una práctica comprometida con la defensa de los componentes de la cláusula constitucional del Estado social y democrático de derecho, sino también un conjunto de valores y cualidades personales que se manifiestan en su trato afable y en su vocación como académico a tiempo completo. Con su nueva obra, el autor reitera su pasión por compartir sus amplios conocimientos y ponerlos siempre al servicio de estudiantes y profesionales del derecho, defensores naturales de la democracia constitucional.

El derecho electoral constituye una de las ramas del derecho público en pleno auge en el quehacer jurídico dominicano, razón por la cual es de gran utilidad práctica todo trabajo doctrinal que sirva de guía en el estudio de las interpretaciones imperantes en la justicia electoral. En definitiva, el novedoso libro llega en un momento oportuno. ¡Adquiéranlo!