“Cuando Haití está bien, Santo Domingo esta mejor”. Esta expresión data de algunos años y la recuerdo que la oír o la dije, no recuerdo bien, durante una conferencia en una universidad en los Estados Unidos de América, donde participaba un grupo de haitianos encabezada por el Zache Duracin, Obispo de la Iglesia Episcopal de Haití.
Fui invitado por sorpresa a expresar mi opinión como dominicano, y traté de ser lo más objetivo posible; porque entonces, y mucho más ahora, concibo que es de lugar ser entendido, prudente, sincero, y racionado; pero firme en todo asunto de índole social, especialmente de situaciones de rango internacional. No es prudente actuar de manera medalaganario, ni es digno, aprovechar oportunidades se ser apasionado, fundamentalista, embriagado de odio, maledicencia, prejuicios e insensatez. De hecho, esta no es la condición en mi naturaleza.
Lo que puedo decir ahora es que la Sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional establecido en 2013, y en particular el caso de Juliana Deguis Pierre y me es causa de profundo sentimiento de irritación por creer que son reflejos de prejuicio, debilidad institucional, inseguridad nacional, y auto complacencia de sentimiento de una superioridad de narcisismo, que no debe existir.
Es mi opción que la Constitución y las leyes dominicanas pueden preparar y regularizar una documentación especial para identificar e inscribir de manera puntual a los miles de personas “apátridas” que deambulan por todo el territorio nacional. Es mejor tener cada uno con los datos específicos con nombre, fichado propiamente identificado y ser ente visible, y no se un individuo desligado por carencia de identificación tipificada, datos estadísticos, con siglas y números viables, con dirección accesible.
El Estado dominicano debe buscar e implementada la fórmula para identificar a los que son “apátridas”. Se entiende que los nacidos de padres haitianos “apátridas” en la R.D. no serán “dominicanos”; pero si, criaturas humanas que deben tener una personal tipificación; por tanto, conviene saber quiénes están de manera presente e irremediablemente permanente en este territorio. La opinión que aquí ofrezco es para que esto sea implementado independiente de las ganas, la Constitución, las leyes, las ordenanzas, la voluntad o incapacidad del Estado Haitiano.
El tiempo va pasando y confieso que mi consideración de la oprobiosa Sentencia me hace pensar como diría San Agustín, que soy de personalidad dualista, o de temperamento mutable. De todos modos, mantengo mi fe y trato de razonar. Así hago, por entender que razón y fe se complementan; no creo que hay rivalidad entre fe y razón; pues, la razón lleva al humano siempre a la fe.
Estoy convencido que en tiempo apropiado, el Estado Dominicano llegará a reformular la parte de la Constitución para presentar una forma adecuada para que los seres nacidos y vivientes en el territorio dominicano no sean sujetos de “apátridas” sino que tengan una identidad especial como seres humanos que nacieron viven, estudian, trabajan, producen, caminan por los valles, los caminos, las carreteras, las faldas de las montañas, se bañan en los ríos y las playas, comen los mismos plátanos, pollos y mangos de sus fraternos dominicanos y contribuyen afanosamente al desarrollo de esta parte oriental de Quisqueya, aunque son entrañablemente de otros lares.