Abril más que un mes del año, en el sentimiento de la dominicanidad es un vocablo con matices poéticos que evoca la transformación, la lucha social y la defensa de los derechos. Muchos eventos de gran importancia histórica han ocurrió en el 4to mes del año, tales acontecimientos tienen una vinculación que es necesario comentar para conocimiento de la colectividad.
En 1923, específicamente el día 12 de abril mediante la Ley No.3413 es creada la Junta Central Electoral (JCE) como organismo regente de la organización de las elecciones de las autoridades que han de detentar el gobierno. Toma raigambre constitucional con la reforma a la Carta Fundacional de 1924; mediante el artículo 212 en la norma actual se establece que JCE “es un órgano autónomo con personalidad jurídica e independencia técnica, administrativa, presupuestaria y financiera, cuya finalidad principal será la de organizar y dirigir las asambleas electorales para celebración de las elecciones y de mecanismos de participación popular establecidos por la presente Constitución y las leyes. Tiene facultad reglamentaria en los asuntos de su competencia”.
El 24 de abril de 1965 estalla la protesta cívica en procura de la “la vuelta a la constitucionalidad sin elecciones”. Un grupo de militares (Francisco Alberto Caamaño, Rafael Tomas Fernández Domínguez, Ramon Manuel Montes Arache, entre otros) propugnaban la reposición del profesor Juan Bosch como presidente constitucional de la República, a quien le habían dado un golpe de Estado en septiembre del 1963. El pueblo se lanzo a las calles, dicha revuelta en pocos días se transformó en una guerra en defensa de la integridad de la soberanía nacional, mancillada por organismos internacionales bajo el alegato de salvar vida de extranjeros, esto fue llamado Fuerza Interamericana de Paz.
Se preguntará el lector que donde hacen esquina la revolución de 1965 y la JCE. Sencillo, el génesis de la revolución de abril más que el retorno de Bosch al poder, es la defensa de la democracia ejercida por la población mediante sufragio, que en el caso que nos ocupa es el derecho constitucionalmente protegido; es decir, que si bien la historia tiene como protagonistas a los personajes antes mencionados, no menos cierto es que el derecho positivo que respalda tales acciones es el derecho al sufragio, esa prerrogativa que tiene cada ciudadano de elegir y ser elegido de conformidad con el artículo 208 de la Constitución que indica “ es un derecho y un deber de ciudadanas y ciudadanos el ejercicio del sufragio para elegir a las autoridades de gobierno y para participar en referendos. El voto es personal, libre, directo y secreto. Nadie puede ser obligado o coaccionado, bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio ni a revelar su voto”.
Vale acotar que, en los tiempos de la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo Molina, la cédula de identidad era obligatorio pagar anualmente un impuesto. Cuentan que al momento de una autoridad detener a un ciudadano le exigía los tres golpes, esto por referirse al carnet de inscripción en el Partido Dominicano (conocida como la palmita), la tarjeta del servicio militar obligatorio y la cédula de identidad la cual debía tener sus impuestos al día. Quien no cumplía con tales exigencias era conducido a prisión.
Hago este relato con la finalidad de crear conciencia en la ciudadanía, el sufragio tiene una doble condición deber y derecho. Entiéndase que como ciudadano tengo el derecho de emitir mi opinión a través de las urnas al votar por la propuesta que me parezca mejor, pero también tengo el deber de ejercer ese voto con criterio de responsabilidad, pues mi predilección influye en el futuro de mis conciudadanos y del país en sentido general.
Gracias a la democracia hoy no tenemos que pagar impuestos a la cédula, tenemos campañas de educación que orientan referente a la manera efectiva de ejercer el voto, sin embargo, es necesario que esas jornadas de educación publicitarias se extiendan fuera del tiempo de elecciones. Que la JCE de manera constante realice jornadas de capacitación en las universidades y colegios a los fines de instruir a los estudiantes sobre sus derechos, pues el régimen electoral y el registro civil no se limita solamente al sufragio. La única manera de eliminar la mala práctica de “la compra de cedula” es con la educación del ciudadano esto con la finalidad que como sociedad tengamos que revivir un abril de 1965.