La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó al Estado colombiano por la desaparición forzada de Arles Edisson Guzmán Medina, hecho ocurrido a partir del 30 de noviembre de 2002 en el marco del "Plan de recuperación social" llevado a cabo en Medellín.
La CorteIDH declaró que "el Estado es responsable por la desaparición forzada del señor Arles Edisson Guzmán Medina", así como por la violación de los derechos a las garantías judiciales, a la protección judicial, al derecho a conocer la verdad, a la integridad personal y a la protección de la familia.
El tribunal continental explicó este viernes en un comunicado tras notificar a las partes sobre el fallo, que durante el proceso el Estado realizó un reconocimiento de responsabilidad internacional por este caso.
La CorteIDH determinó que "la sustracción y posterior desaparición forzada del señor Guzmán Medina, es atribuible a las BCN (Bloque Cacique Nutibara) quienes actuaban con colaboración de autoridades estatales".
Arles Edisson Guzmán Medina tenía 29 años de edad al momento de su desaparición y estaba casado con Luz Enith Franco Noreña. La noche del 30 de noviembre de 2002, dos hombres vestidos de civil en un taxi llegaron al lugar donde se encontraba trabajando y le ordenaron subir al vehículo para ir a responder preguntas que le haría "el patrón". Desde entonces se desconoce su paradero.
"Esta fue una operación entre el Ejército Nacional y el Bloque Cacique Nutibara (BCN) en el cual se dieron desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias, atentados contra la vida y la integridad personal, amenazas de muerte, y desplazamientos de los habitantes de la comuna", explicó la CorteIDH.
La sentencia de la CorteIDH indica que, en su reconocimiento de responsabilidad, el Estado señaló que "es razonable inferir que los crímenes cometidos por el BCN, en este caso, son atribuibles al Estado colombiano" debido a que los hechos se presentaron "en un contexto comprobado de relacionamiento entre agentes estatales y grupos paramilitares en la fase de consolidación de la Operación Orión".
Los hechos ocurrieron en Medellín, en 2002, en el marco del “plan de recuperación social” que tuvo diversos operativos militares en la Comuna 13, entre ellos el conocido como la “Operación Orión”.
"Esta fue una operación entre el Ejército Nacional y el Bloque Cacique Nutibara (BCN) en el cual se dieron desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias, atentados contra la vida y la integridad personal, amenazas de muerte, y desplazamientos de los habitantes de la comuna", explicó la CorteIDH.
El tribunal agregó que con posterioridad a la Operación Orión, el BCN ingresó a la Comuna 13 y "se volvió el grupo hegemónico y continuaron con expulsiones, desplazamientos y desapariciones forzadas, y un alto número de inhumaciones clandestinas".
Como medidas de reparación, la CorteIDH ordenó al Estado colombiano continuar con las investigaciones y el proceso penal en curso relativo a la desaparición forzada de Guzmán, seguir con las acciones de búsqueda, brindar la atención médica, psicológica y psiquiátrica a los familiares de la víctima, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y realizar un documental sobre le caso.
Además, los jueces establecieron indemnizaciones económicas para la familia de Guzmán por concepto de daños materiales e inmateriales.