Costa Rica castigará los crímenes de odio con penas de prisión que van de los 20 a los 35 años, con lo que, según el Gobierno, el país cumple con la normativa internacional de protección a los derechos humanos.
El presidente de Costa Rica, Carlos Alvarado, firmó este lunes una ley que agrega un inciso al artículo 112 del código penal sobre homicidio calificado.
El nuevo inciso 11 establece como crimen de odio "al homicidio calificado que suceda a causa de la nacionalidad, raza, edad, sexo, opinión política, situación migratoria, orientación sexual, identidad o expresión de género, discapacidad o características genéticas".
Alvarado dijo que la calificación de crímenes de odio en el Código Penal “busca fortalecer y actualizar el régimen costarricense de protección a los derechos humanos y la igualdad de las personas y poblaciones, en específico, a aquellas que han sido históricamente violentadas y perseguidas por el azar de haber nacido con determinada nacionalidad, etnia, discapacidad o tener una orientación sexual distinta diversa”.
“Ninguno de estos motivos le pueden quitar la paz a ningún ciudadano o ciudadana de un país democrático”, subrayó el mandatario.
Según el Gobierno, la modificación legal coloca a Costa Rica a la altura de la normativa internacional en materia de protección de los derechos humanos e igualdad a las personas o poblaciones que han sido históricamente violentadas y perseguidas por motivos de prejuicios sociales e intolerancia.
El diputado Enrique Sánchez, impulsor de la reforma, expresó que “las autoridades judiciales podrán investigar si el odio es la motivación de homicidios, lesiones y agresiones" y que los tribunales "podrán imponer sanciones más altas”.
“Con ello, se reconoce que el impacto y la conmoción social son aún mayores en homicidios por odio, y permite además generar una estadística que hoy se encuentra invisibilizada”, afirmó el diputado Sánchez.