Una figura ampliamente utilizada en Latinoamérica, en República Dominicana apenas comienza a conocerse: el fideicomiso.

Definido en la Ley 189-11, el fideicomiso es un acto o acuerdo en el cual una o varias personas (fideicomitentes) transfieren derechos de propiedad y otros derechos (patrimonio fideicomitido) a una o varias personas jurídicas (fiduciarios) que se encargarán de administrarlos, en favor de beneficiarios (también llamados fideicomisarios).

En República Dominicana es una figura de uso más popular en el ámbito privado y para el sector inmobiliario, porque garantiza que los proyectos de construcción se levanten y completen en las condiciones acordadas de inicio, garantizando la inversión y los fines de financiamiento.

En el Estado, sin embargo, no existen tanta experiencias de su uso. Muy recientemente, el fideicomiso público ha sido ampliamente debatido, debido a las intenciones del Gobierno de administrar a la Termoeléctrica Punta Catalina a través de un fideicomiso público. 

Y uno de los inconvenientes que de esta iniciativa ha encontrado el Gobierno, es el poco entendimiento sobre el uso de esta figura, para levantar o administrar grandes obras de infraestructura de carácter estatal.

Muy probablemente, es por eso que Fiduciaria Reservas (la que contempla asumir el fideicomiso Punta Catalina, de ser aprobado por el Congreso), invitó al experto en materia de fideicomisos aplicados en América Latina, Jorge Luis Porras, para dirigir una charla magistral con periodistas y generadores de opinión, con miras a explicar de manera detallada cómo ha sido la experiencia de los fideicomisos públicos entre países vecinos, y para qué han funcionado.

"El fideicomiso por sí solo no es bueno ni malo, va a depender de cómo lo utilicemos. Ciertamente he visto fideicomisos buenos y fideicomisos malos, pero no serían en sí mismo los fideicomisos. He visto gente que administra mal los fideicomisos… Aquí hay una suerte de aprendizaje", dijo Porras.

Con el fideicomiso público, explicó, el Estado transmite bienes a un fiduciario para que administre un bien, que necesariamente debe tener un fin de interés público. "Cuando hablamos de fideicomisos públicos, el objetivo siempre tendrá que ser de interés público, y esa es una de las características que le diferencian del (fideicomiso) privado", puntualizó.

El autor de diversas obras relacionadas con el uso de fideicomisos señaló que todos los países de América Latina, a excepción de Chile y Brasil, han utilizado fideicomisos públicos, a pesar de que no cuentan con una ley en específico sobre el fideicomiso público. "Todos se basan en una ley general de fideicomiso, donde se incorpora la posibilidad del fideicomiso de bienes públicos", puntualizó.

En República Dominicana, la Ley 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso no incluye la figura del fideicomiso público, aunque su reglamento de aplicación sí lo incluye.

Cuando el presidente Luis Abinader informó al país que el fideicomiso Punta Catalina sería debatido a lo interno del Consejo Económico y Social (CES) antes de ser llevado al Congreso, precisó también que existía un proyecto de ley para fortalecer las regulaciones existentes sobre los fideicomisos públicos, el cual se espera que sea sometido este domingo 27 de febrero, según la promesa del propio mandatario.

Precisamente, a Jorge Luis Porras se le cuestionó si era necesario que República Dominicana tuviera una ley especial de fideicomiso público, tomando en consideración su inexistencia en otros países de Latinoamericana, a lo que el experto explicó que, de inicio, una ley específica podría ayudar a clarificar algunos puntos de interés para su aplicación en República Dominicana.

Aunque aclaró: "tampoco se trata de que estemos generando leyes para todo, porque tampoco podemos caer en una maraña legislativa que nos haga imposible aveces caminar", puntualizando la necesidad de estudiar bien la necesidad de la referida ley o si podría bastar un reglamento para este fin.

Jorge Luis Porras  subrayó que los fideicomisos públicos son herramientas que no solo funcionan para levantar proyectos, sino también para administrarlos. "A veces un bien público, bajo la administración pública se vuelve complejo. De ahí la necesidad de que pueda venir esa fusión entre lo público y lo privado, en la cual sin perder los controles, sin perder la transparencia ni el objetivo final, se puede generar a través de ese instrumento una administración transparente y eficiente que permita mejorar la gestión de esos proyectos".