Lo primero es comprender que el bloqueo de una cuenta bancaria y el embargo de una cuenta son dos acciones diferentes que un banco puede realizar, aunque ambas resultan en la restricción de acceso a los fondos de la cuenta del titular, existen diferencias de índoles legales y de temporalidad.
El bloqueo de Cuenta Bancaria suele ser un paso preventivo tomado por el banco en casos de sospecha de actividad fraudulenta, incumplimiento de los términos del contrato, o para cumplir con requerimientos legales o reglamentarios.
A menudo es una medida temporal hasta que se resuelve el problema o la sospecha que llevó al bloqueo. Los fondos están técnicamente aún bajo tu nombre, pero no puedes acceder a ellos hasta que se resuelva la situación que llevó al bloqueo, puede aplicarse a una cuenta específica y no necesariamente afectar otras cuentas que puedas tener en el mismo banco.
El embargo de Cuenta Bancaria se lleva a cabo generalmente como resultado de una deuda impaga o un juicio en contra del titular de la cuenta. Puede ser ordenado por un tribunal, agencias gubernamentales, una entidad bancaria, una cooperativa, una empresa o una persona a la cual le debas dinero o tengas una obligación con algunas de éstas.
El embargo es una acción más prolongada y podría durar hasta que la deuda se pague o se resuelva el juicio. Los fondos embargados se retiran efectivamente de tu control hasta el doble del monto de la obligación y se destinan al pago de la deuda o la sentencia en tu contra.
Un embargo generalmente involucra el pago de la deuda o la resolución del juicio legal que resultó en el embargo. Esto puede implicar negociaciones legales y puede ser un proceso más complicado que puede extenderse a múltiples cuentas o propiedades, dependiendo de la magnitud de la deuda o el juicio.
Analizado lo anterior, existen razones legales y normativas que amparan a una entidad bancaria a bloquear o restringir de manera temporal el acceso a los fondos de la cuenta bancaria de una persona, estas pueden ser:
- Sospecha de Actividad Fraudulenta: Si hay transacciones inusuales que sugieren que la cuenta puede estar comprometida, el banco puede bloquear la cuenta para proteger los fondos del titular de esa cuenta o también si esa cuenta ha recibido fondos fraudulentos de algún tercero, se puede bloquear de manera temporal los fondos hasta tanto la entidad bancaria realice las investigaciones pertinentes.
- Violación de los Términos del Contrato: Si violas alguna de las cláusulas del contrato que firmaste con el banco, como incurrir en actividades ilícitas, el banco podría tener derecho a bloquear o cerrar tu cuenta. Las entidades bancarias cuentan con políticas de aceptación de clientes y se reservan el derecho de aceptar o no una persona como su cliente.
- Cumplimiento de Órdenes Judiciales o Legales: Si hay una orden judicial que requiere que el banco congele de manera preventiva tus fondos, tendrán que hacerlo.
- Investigaciones Regulatorias: En caso de una investigación por parte de organismos regulatorios, el banco podría tener que bloquear temporalmente el acceso a tu cuenta.
- Cuestiones Administrativas: Por ejemplo, si no has actualizado tu información personal en un tiempo prolongado y el banco no puede ponerse en contacto contigo, o si la cuenta entra en estado inactiva, podrían restringir el acceso a la cuenta hasta que verifiquen tu identidad o reactives tu cuenta.
- Saldos Negativos o Deudas: Si tu cuenta muestra un saldo negativo durante un tiempo prolongado y no tomas medidas para corregirlo, el banco podría bloquearla.
- Sospecha de Lavado de Dinero o Financiación del Terrorismo: Los bancos dominicanos tienen políticas estrictas para prevenir el lavado de dinero o la financiación del terrorismo. La sospecha de cualquiera de estas actividades podría resultar en un bloqueo inmediato de la cuenta.
Si un banco bloquea o restringe tu cuenta, generalmente están obligados a notificarte. Dependiendo de la situación, podrían requerir que presentes documentación adicional o que te presentes en una sucursal para verificar tu identidad y discutir el asunto.
Es importante saber que el bloque o la restricción a tu cuenta debe ser sólo temporal y no debería pasar más de 72 horas desde el momento en que te pones en contacto con la entidad bancaria.
Algunos departamentos de prevención de fraudes de los bancos están jugando hacer el papel de policías, ministerio público y hasta jueces bloqueando cuenta o restringiendo el acceso a los fondos de sus clientes, por tiempo indeterminado, lo cual es ilegal y no está amparado en ninguna legislación. Esto puede generar una responsabilidad civil contra las entidades bancarias que suelen hacer esta práctica.
La entidad bancaria si puede desvincularte como cliente, y abrir un proceso penal en caso de que tenga las pruebas por algún tema fraudulento que afecte a la entidad, pero no puede de manera unilateral y sin una orden judicial bloquear o restringir el dinero de sus clientes por más de 72 horas, y mucho menos sin notificarles a sus clientes y comunicarles sus derechos y acciones legales que pudieran emprender.
Si enfrentas esta situación, sería prudente que te pongas en contacto con el banco lo más pronto posible para entender la razón detrás del bloqueo y qué pasos debes seguir para resolverlo. También podrías considerar consultar con un abogado o acudir al Departamento de PROUSUARIO de la Superintendencia de Bancos.
La columna “La Banca Dominicana por Dentro”, es desarrollada por Jesús Geraldo Martínez, en el interés de aportar al fortalecimiento del Sistema Financiero Dominicano desde una perspectiva analítica y práctica orientada a la formación de conocimientos y divulgación de informaciones exclusivas de dicho sector. Para contactar con el autor. Email jgmartinez20@icloud.com, o seguir a @Jesusgeraldomartinez en Instagram.