En el contexto actual del sistema financiero, la clasificación de Personas Expuestas Políticamente (PEP) es un tema de suma relevancia debido a las implicaciones regulatorias y de riesgo asociadas. Las entidades bancarias, en su esfuerzo por cumplir con las normativas internacionales y locales de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, están obligadas a identificar y monitorear a las PEPs de manera rigurosa.

Sin embargo, este proceso no está exento de errores. La clasificación errónea de un individuo como PEP puede tener consecuencias significativas, afectando su acceso a servicios financieros y su reputación. 

La inclusión errónea de una persona en la lista de PEP puede derivarse de múltiples factores, tales como información inexacta, falta de actualización de datos, o interpretaciones equivocadas de los criterios establecidos. Estos errores no solo representan una injusticia para el afectado, sino que también generan una carga administrativa adicional para las entidades bancarias y para la Superintendencia de Bancos (SB).

En el ámbito de las entidades bancarias, se ha identificado una preocupante falta de mecanismos adecuados para que las personas erróneamente clasificadas como Personas Expuestas Políticamente (PEP) puedan presentar reclamaciones e impugnar dicha clasificación. Esta situación deja a los afectados sin una vía formal y efectiva para corregir posibles errores, lo que puede resultar en perjuicios significativos en sus actividades financieras y comerciales debido a las restricciones y escrutinios adicionales asociados con el estatus de PEP.

Es imperativo que se desarrollen procedimientos claros y accesibles que permitan a los individuos afectados disputar y revisar estas designaciones, garantizando así un trato justo y conforme a los principios de equidad y justicia.

Para abordar esta problemática, proponemos la implementación de un procedimiento formal y claro para impugnar la clasificación errónea de PEPs. Este procedimiento debería incluir los siguientes pasos:

  1. Solicitud de Revisión: La persona afectada debe poder presentar una solicitud de revisión ante la entidad bancaria que realizó la clasificación. Esta solicitud debe estar acompañada de documentación que respalde la afirmación de que la clasificación es incorrecta.
  1. Revisión Interna: La entidad bancaria debe realizar una revisión interna exhaustiva del caso, considerando toda la información proporcionada por el solicitante. Este proceso debe ser transparente y llevarse a cabo dentro de un plazo razonable.
  1. Informe de Resultados: Tras la revisión, la entidad bancaria debe emitir un informe detallado con los resultados de la revisión y la justificación de mantener o corregir la clasificación.
  1. Apelación ante la Superintendencia de Bancos: Si la decisión de la entidad bancaria no satisface al solicitante, este debe tener el derecho de apelar ante la Superintendencia de Bancos. La SB debe contar con un equipo especializado en la revisión de estos casos, asegurando una evaluación imparcial y objetiva.
  1. Resolución Final: La Superintendencia de Bancos, tras revisar toda la documentación y los informes presentados, debe emitir una resolución final. Esta resolución debe ser vinculante para todas las entidades bancarias que operan en el sistema financiero dominicano, garantizando así la corrección de cualquier error en la clasificación. 

Beneficios de la propuesta

La implementación de este procedimiento de impugnación no solo beneficiará a las personas afectadas, garantizando sus derechos, sino que también fortalecerá la confianza en el sistema financiero y en las instituciones encargadas de su regulación. Además, permitirá a las entidades bancarias y a la Superintendencia de Bancos mantener bases de datos más precisas y confiables, lo cual es fundamental para la efectiva prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. 

La correcta identificación de las PEP es crucial para el cumplimiento de las normativas y la gestión de riesgos en el sector bancario. No obstante, es igualmente importante contar con mecanismos que permitan corregir errores de manera justa y eficiente.

Esta propuesta a la Superintendencia de Bancos busca establecer un procedimiento claro y transparente para impugnar la clasificación errónea de PEP, protegiendo los derechos de los individuos y fortaleciendo la integridad del sistema financiero.

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La columna La Banca Dominicana por Dentro, es desarrollada por Jesús Geraldo Martínez, en el interés de aportar al fortalecimiento del Sistema Financiero Dominicano desde una perspectiva analítica y práctica orientada a la formación de conocimientos y divulgación de informaciones exclusivas de dicho sector. Para contactar con el autor. Email jgmartinez20@icloud.com, o seguir a @Jesusgeraldomartinez en Instagram.