En un momento trascendental para el sistema financiero dominicano, el Congreso Nacional ha aprobado una nueva Ley Orgánica del Banco de Reservas, marcando un hito histórico en la evolución y modernización de esta institución financiera clave para el desarrollo económico del país. La nueva legislación, que sustituye a la anterior promulgada en 1962, promete impulsar una gestión más eficiente, transparente y adaptada a los desafíos del siglo XXI.

Desde su fundación en 1941, el Banco de Reservas ha desempeñado un papel fundamental en el desarrollo económico y financiero de la República Dominicana. Sin embargo, la ley que regía su funcionamiento se remontaba a más de seis décadas atrás, lo que limitaba su capacidad de adaptación a un entorno económico en constante cambio y a las demandas de una sociedad moderna.

Principales Aspectos de la Nueva Ley:

  1. Fortalecimiento de la Base de Capital a RD$39,000.00 millones de pesos, el cual podrá ser aumentado o disminuido mediante resolución del Consejo de Directores del banco conforme a lo dispuesto de la Ley Monetaria y Financiera. Esto significa que la institución bancaria tiene la autoridad y la autonomía para tomar decisiones relacionadas con su capital sin requerir la aprobación del poder legislativo, lo que garantizará el fortalecimiento de su posición financiera y cumplir de manera holgada con los requisitos regulatorios.
  1. Se actualiza la Distribución de Utilidades, los beneficios generados de cada ejercicio fiscal del banco serán distribuido un 40% al Estado Dominicano, de este porcentaje que le corresponde al Estado se podrá separar un 15% para el pago de las deudas del Estado con el Banco. Cabe señalar que este es el porcentaje de las utilidades netas después del pago de los impuestos correspondientes.
  1. Reservas Patrimoniales. El sesenta por ciento (60%) de los beneficios serán destinados a reservas patrimoniales, lo cual significa que una parte significativa de las ganancias netas obtenidas por la institución se retiene y se utiliza para fortalecer su base de capital, lo cual es una medida estratégica que contribuye a la estabilidad financiera y a la confianza en el banco, fortaleciendo su posición en el mercado y preparándolo para enfrentar los desafíos futuros.
  1. Modernización Institucional: La nueva ley busca modernizar la estructura y funcionamiento del Banco de Reservas, estableciendo mecanismos más ágiles y eficientes para la toma de decisiones y la gestión de recursos. El sistema de gobernanza, estructura, y operaciones del banco se actualizan conforme a los cambios económicos, constitucionales y legales vigentes.
  1. Fortalecimiento del Sistema de Gobernanza el cual permitirá incluir tres miembros consejeros independientes recomendados por la Junta Monetaria. La inclusión de miembros consejeros independientes significa que se buscará incorporar individuos externos a la organización, que no tengan intereses directos en la misma y que puedan aportar una perspectiva imparcial y objetiva a las decisiones estratégicas que guían la toma de decisiones y la supervisión dentro de una organización.
  1. Requisitos para ser miembro del Consejo de Directores, se indica que deben tener capacidades y competencias en materia económica, legal, bancaria, tecnología de la información, tesorería, gestión de riesgos y control interno, esto garantiza la idoneidad y la experticia necesaria para el ejercicio de las funciones de un consejero.
  1. Se actualiza el nombre de Administrador General a Presidente Ejecutivo, lo que significa un cambio en la denominación del cargo ejecutivo más alto dentro de la institución, alineando su estructura organizativa y terminología con estándares internacionales y prácticas modernas de gobierno corporativo.
  1. Se eliminan los privilegios y las limitaciones establecidas para las Entidades Públicas de Intermediación Financiera regida en la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02, y se establece que el Banco de Reservas estará sujeto al mismo régimen de operaciones permitidas, prohibidas e inversiones aplicables a los bancos múltiples, lo que le permitirá operar en un ambiente de mayor competitividad en el mercado bancario.
  1. Transparencia y Rendición de Cuentas: Se refuerzan los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas, promoviendo una gestión más responsable y alineada con los estándares internacionales de buen gobierno corporativo.
  1. Fortalecimiento del Rol Social: La ley incorpora disposiciones para fortalecer el papel del Banco de Reservas en el desarrollo social y económico del país, promoviendo la inclusión financiera, el acceso a servicios bancarios y el apoyo a sectores vulnerables.
  1. Adaptación a Nuevos Desafíos: La nueva legislación dota al Banco de Reservas de herramientas y flexibilidad necesarias para adaptarse a los desafíos emergentes, como la digitalización del sector financiero, la innovación tecnológica y la sostenibilidad ambiental.
  1. Se mantiene el Fondo de Pensiones y Jubilaciones, el Plan de Retiro del Banco, así como los derechos adquiridos y las condiciones reconocidas a los empleados vigentes y futuros, lo cual debe dar tranquilidad y orgullo a toda la familia BanReservas.

La aprobación de la nueva Ley Orgánica del Banco de Reservas marca el inicio de una nueva era para esta institución financiera emblemática de la República Dominicana. Con una legislación actualizada y adaptada a los desafíos del siglo XXI, el Banco de Reservas está preparado para seguir siendo un motor de desarrollo económico y social en el país, contribuyendo al bienestar y progreso de todos los dominicanos.

La columna La Banca Dominicana por Dentro, es desarrollada por Jesús Geraldo Martínez, en el interés de aportar al fortalecimiento del Sistema Financiero Dominicano desde una perspectiva analítica y práctica orientada a la formación de conocimientos y divulgación de informaciones exclusivas de dicho sector. Para contactar con el autor. Email jgmartinez20@icloud.com, o seguir a @Jesusgeraldomartinez en Instagram.