El pasado año, el Código Procesal Penal (CPP) cumplió veinte años de vigencia. Aunque Gardel expresaba que “veinte años no es nada”, en una ley tan importante como esta, este tiempo es más que suficiente para realizar una exhaustiva evaluación de su desempeño. No obstante, quiero enfocarme en dos aspectos fundamentales que considero esenciales para mejorar su aplicación, con la finalidad principal de fortalecer nuestro sistema de justicia penal. Para evaluar efectivamente el desempeño del CPP durante dicho lapso, resulta pertinente analizar primero el sistema de justicia penal, ya que es en este ámbito donde se materializa la aplicación del mencionado código.

Por esto, lo primero de estos aspectos es la impostergable necesidad de realizar evaluaciones institucionales periódicas del desempeño de los actores del sistema de justicia penal. Si no se evalúa lo que se hace, no es posible identificar lo que estamos haciendo bien o mal; mucho menos se podrá determinar cómo se pueden corregir esos aspectos negativos. De hecho, durante estos veinte años desconozco si se han realizado evaluaciones institucionales o individuales de los actores del sistema de justicia penal. Por ejemplo, la única evaluación institucional que conozco fue la realizada en el año 2006 por la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), Inc. y Participación Ciudadana sobre la calidad y el acceso a la justicia penal en la República Dominicana, cuyo contenido evaluativo, aunque muy valioso, fue muy limitado.

Estas evaluaciones deben realizarse periódicamente y ser también públicas para que resulten útiles. Específicamente, a partir de sus resultados es fundamental establecer una coordinación interinstitucional para diseñar y ejecutar políticas públicas que corrijan las deficiencias de los distintos actores del sistema de justicia penal. En otras palabras, que sirvan para mejorar la calidad del servicio de justicia penal dirigido a la población.

En segundo lugar, y no menos importante, es prioritario mejorar la percepción y la confianza pública en los actores del sistema de justicia penal y en el sistema per se. Actualmente, esta confianza no es satisfactoria y, de hecho, se ha deteriorado peligrosamente en los últimos años, a pesar de las promesas realizadas sobre que, con la reforma del CPP, se mejoraría esta situación. Esto es sumamente grave y debe ser atendido con urgencia, ya que un deterioro en la confianza institucional por parte de la población y de los usuarios del sistema de justicia penal deslegitima al sector justicia como órgano fundamental de nuestro sistema democrático.

En este contexto, cabe recordar que la reciente encuesta sobre cultura democrática, publicada en agosto de este año por el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), revela cifras alarmantes. Verbigracia, el 69.2 % de nuestra población confía poco o nada en los tribunales y en los jueces, mientras que el 68.2 % tiene la misma percepción del Ministerio Público y de los fiscales. Por lo tanto, si combinamos ambas estadísticas, obtenemos un promedio de 68.7 %, es decir, casi un 69 % de insatisfacción con el sistema de justicia penal. Entiéndase que casi siete de cada diez dominicanos no tienen una percepción favorable sobre nuestro servicio público de justicia más importante. Al respecto, conviene destacar que estos datos son casi constantes en las últimas décadas, de ahí la necesidad de prestarles la atención debida.

Esto es bastante preocupante, pues, cuando los usuarios o destinatarios de este servicio público tan indispensable para la convivencia social adecuada y el arraigo del sistema democrático tienen una valoración negativa de la credibilidad en la administración de la justicia penal, no podemos soslayar esta realidad. Por tales razones, no basta con centrarse en reformar ciertos artículos del CPP ni en abordar superficialmente este problema. De ahí que es necesario restaurar la mística del sistema de justicia penal y de sus principales actores, más allá de las innovaciones y avances tecnológicos promovidos en el poder judicial, que son importantes, pero no suficientes para fortalecer y mejorar integralmente el sistema de justicia penal.

Lo anterior se afirma porque es fundamental reflexionar seriamente sobre los procesos de contrarreforma que, en los últimos años, se han realizado no solo en la República Dominicana (como la reforma del año 2015 al CPP), sino también en otros países latinoamericanos, como El Salvador, Bolivia y México, con la polémica reforma constitucional aprobada recientemente al Poder Judicial. En estos casos, se ha subestimado este grave fenómeno social e institucional, es decir, la desconexión o incongruencia entre el sistema de justicia penal y la confianza ciudadana en este sistema. Consecuentemente, se ha generado un proceso acelerado de deslegitimación de sus órganos, lo que ha culminado con la instauración de regímenes autoritarios de gobierno que contradicen el Estado social y democrático de derecho en varios países de la región.

En síntesis, considero que los operadores del sistema de justicia penal, en conjunto con las facultades de derecho de nuestras universidades y otras instituciones especializadas, deben propiciar la creación de una mesa de trabajo institucional permanente para abordar periódicamente los desafíos institucionales de este sistema y, por ende, del CPP. Esto, con el objetivo principal de mejorar la calidad, percepción, credibilidad, institucionalidad y confianza de la población en el sistema de justicia penal y, en consecuencia, en el CPP. Por último, estas propuestas servirían para garantizar un mejor desempeño y una aplicación efectiva del CPP, en consonancia con lo establecido en la Constitución y el bloque de constitucionalidad, con la finalidad de consolidar el Estado social y democrático de derecho en el país.