Roberto Hernández Basilio, director general de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC), informó que la institución trabaja mediante un protocolo orientado a garantizar que las condiciones sean las adecuadas en los 21 centros penitenciarios que participarán del sufragio el próximo domingo 19 de mayo.
Explicó que el protocolo consiste en el establecimiento de roles de trabajo para el personal, división por áreas y tareas específicas, y el suministro de alimentos, agua y herramientas para el mejor desenvolvimiento del proceso.
Apuntó que el objetivo es asegurar que el ejercicio del derecho al voto en el nivel presidencial de las personas privadas de libertad en condición de preventivos sea un proceso transparente, seguro y acorde con los principios democráticos consagrados en la Constitución de la República Dominicana.
Hernández Basilio, junto a su equipo directivo y directores de los centros penitenciarios que participarán del voto penitenciario, coordina y programa las acciones que se desarrollarán, entre las que se encuentran: el suministro de materiales y herramientas eléctricas que los miembros de la Junta Central Electoral (JCE) necesitarán para la instalación de los equipos tecnológicos en los espacios en los cuales se realizará el sufragio.
En una reunión celebrada simultáneamente de manera presencial y virtual con los colaboradores del sistema penitenciario, Hernández Basilio impartió instrucciones y ultimó detalles de la logística de trabajo para el próximo domingo.
Igualmente, coordinaron los equipos de colaboradores que estarán al frente de la supervisión de los trabajos del personal de los centros penitenciarios y los que estarán dando apoyo desde las distintas áreas de la institución durante la celebración de las elecciones del próximo domingo.
Los recintos en los que los privados de libertad participarán del sufragio son los Centros de Corrección y Rehabilitación (CCR) de San Pedro de Macorís, Najayo Hombres 17 y 20, Najayo Mujeres, La Isleta, de Moca; Monte Plata, Cucama, de La Romana; El Pinito, de La Vega; Vista al Valle, en San Francisco de Macorís; San Felipe, en Puerto Plata; Baní Mujeres, Anamuya, en Higüey; Mao, Dajabón, Elías Piña y los Centros de Privación de Libertad No Reformados 15 y 19 en Azua, así como los de Salcedo y Nagua.
La Ley 113-21, sobre Régimen Penitenciario, en su capítulo sobre los derechos de las personas privadas de libertad, en su artículo 4, numeral 1, reza: “Las personas privadas de libertad tienen los derechos siguientes: 1. Respeto de su dignidad como persona y la salvaguarda de los derechos e intereses jurídicos no afectados por la condena y la ley”.