En el día de ayer, el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, emitió el fallo contra los señalados que le provocaron la muerte a David de los Santos Correa, donde condenó algunos a tres personas a 30 años de prisión, dos a 15 años y seis fueron descargadas.
Se trató de una decisión agridulce para la familia del joven de 24 años, la cual esperaba que la justicia les favoreciera con condenas para todos los implicados en el caso.
Pero, ¿en qué estuvo sustentada la decisión del Tribunal en este caso para condenar y descargar a los acusados por el Ministerio Público?
En el caso de Santiago Mateo Victoriano, Michael Pérez Ramos y Jean Carlos Martínez Peña, condenados a 30 años de prisión, la magistrada Esmirna Gisselle Méndez Álvarez, al darle lectura a la sentencia abreviada del caso, encontró culpable a los tres hombres de haber cometido actos de barbarie agravado y golpes y heridas que ocasionaron la muerte a David, actos previstos y sancionados en los artículos 303, 303-4 numerales 2 y 9 y 309 del Código Penal Dominicano.
Adicionalmente, Victoriano, Pérez Ramos y Martínez Peña, deberán pagar de manera conjunta una compensación de diez millones de pesos.
Dos agentes condenados
La magistrada Méndez Álvarez también encontró culpable al segundo teniente Germán García de la Cruz y el cabo Alfonso Decena Hernández. Sin embargo, las penas fueron sustancialmente inferiores a los tres hombres antes mencionados: 15 años de prisión.
¿Por qué? Según la sentencia, la participación de los agentes policiales García de la Cruz y Decena Hernández fue la de permitir, en el ejercicio de sus funciones, que los condenados Victoriano, Pérez Ramos y Martínez Peña usaran violencias físicas descritas en el documento como barbáricas contra el joven. Es decir, ninguno de los agentes intentó detener la acción que se cometía.
Dichas sanciones están previstas – agrega el documento – en los artículos 186 y 198 del Código Penal Dominicano.
También García de la Cruz deberá pagar una indemnización ascendente a la suma de diez millones de pesos a favor de las víctimas constituidas, como justa reparación por los daños y perjuicios morales sufridos por estas a consecuencia de su acción.
Los descargos y las absoluciones
El tribunal, sin embargo, no pudo establecer en base a las pruebas presentadas, la participación del capitán de la Policía Domingo Alberto Rodríguez Rodríguez, el raso Sari Manuel González García y el raso San Manuel González García.
Igual suerte corrieron Ambriori Montero Otaño, Álvaro David Beltrán Pérez, Yubaris Méndez Ferreras y Juan Reyes de la Cruz, miembros de la seguridad privada de la plaza Ágora Mall, descargados por el Primer Tribunal Colegiado los al no poder comprobarse su vinculación en la muerte de De los Santos Correa.
Inconformidad
Tras salir de la sala de audiencias, los padres y familiares de David de los Santos Correa no quedaron conformes con esta decisión, ya que para ellos todos los señalados tuvieron que ver con la muerte.
Por otro lado el abogado del cabo Alfonso Decena Hernández, Waldo Paulino dijo que apelará esta sentencia, debido a que su defendido "no tiene nada que ver en el hecho".
Aunque David de los Santos falleció el día 1 de mayo 2022 en el Hospital Dr. Darío Contreras, los sucesos que desencadenaron en su muerte iniciaron el 27 de abril de ese mismo año, cuando el joven se encontraba en el centro comercial Ágora Mall, ubicado en la ciudad capital.
Tras una discusión con dependientes de algunas tiendas, el seguridad de la plaza lo detuvo y posteriormente fue sacado del lugar por agentes policiales esposado por la espalda y llevado hasta en el destacamento de la Policía Nacional del sector Naco, donde le propinaron los golpes.