La madrugada de este miércoles se ordenó el cese de 18 meses de prisión preventiva que pesaba en contra del exprocurador Jean Alain Rodríguez, quien ahora cumplirá arresto domiciliario.

La decisión fue adoptada por el juez del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Amauri Martínez, a raíz de que el día 8 de este mes se venció el plazo máximo previsto por la ley de los 18 meses de prisión preventiva.

Esto así, conforme al principio de legalidad y de acuerdo con lo previsto en los artículos 241.3 y 370.2 del Código Procesal Penal.

¿Qué establecen estos artículos que avala la legalidad de la decisión?

El artículo 241.1 del Código Procesal Penal dominicano establece que la prisión preventiva podrá cesar si los nuevos elementos demuestren que no concurren las razones que la motivaron o tornen conveniente su sustitución por otra medida.

Mientras que el numeral 3 del mismo artículo dice que la prisión preventiva deberá finalizar cuando su duración exceda los 12 meses.

Otro de los artículos citados por el juez Martínez para argumentar su decisión fue el 370.2 señala que el plazo ordinario de la prisión preventiva se extiende hasta un máximo de 18 meses y, en caso de haber recaído sentencia condenatoria, hasta seis meses más.

Medidas impuestas al exprocurador

Además del arresto domiciliario, a Jean Alain Rodríguez, quien está acusado de supuesta corrupción administrativa cuando era procurador general de la República, le fue impuesta una garantía económica de RD$ 50 millones.

También impedimento de salida del país y colocación de grillete electrónico.

Rodríguez está acusado por el Ministerio Público por supuestos actos de corrupción con los que habría estafado al Estado con más de RD$ 6 mil millones de pesos.

Entre los cargos que se le imputan se encuentran soborno, asociación de malhechores, coalición de funcionarios y prevaricación, estafa contra el Estado, desfalco, uso de documentos falsos, falsedad en escritura pública, falseamiento y omisión en la Declaración Jurada de Bienes, entre otros.