El Pleno de la Suprema Corte de Justicia rechazó dos demandas en declinatoria por sospecha legítima, una de las cuales había sido incoada por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) contra el Tribunal Superior Administrativo (TSA), y otra contra el Pleno de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por Félix Antonio Rosario Labrada, quien es uno de los encartados en el caso por supuesta corrupción administrativa seguido al exprocurador general Jean Alain Rodríguez.
La primera demanda por causa de sospecha legítima había sido interpuesta por el CARD y Miguel Surún, tras un proceso iniciado por el candidato a presidir ese gremio, Johan López, que busca anular las elecciones del pasado 2 de diciembre.
El Pleno indica que, del examen de las pretensiones y argumentos de la parte demandante, no se advierte que acredite la falta de objetividad, imparcialidad o ética de los magistrados del Tribunal Superior Administrativo y que respalde las denuncias presentadas por el órgano impetrante, tornándose sus planteamientos en simples alegaciones.
“Este Pleno ha podido determinar que en el presente caso no concurren los elementos fácticos ni el impetrante ha probado las causales para que pueda ser acogida su demanda en declinatoria por causa de sospecha legítima, toda vez que se ha limitado a plantear las situaciones ut supra expresadas, sin aportar los elementos probatorios que demuestren sus alegatos, sobre la existencia de interés o parcialidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo para el conocimiento del juicio”, señala la decisión.
En cuanto a la segunda demanda, el Pleno tampoco pudo determinar la concurrencia de los elementos fácticos y tampoco el impetrante pudo probar causales para que pueda ser acogida su demanda en declinatoria por causa de sospecha legítima, ya que no hay elementos para inferir que la actuación de la Corte esté parcializada.
El encartado Félix Antonio Rosario Labrada interpuso su demanda en declinatoria por intermedio del defensor público Dukaski Payano Taveras, quien también había recusado previamente al magistrado Amauri Martínez, y posteriormente al pleno de la Corte de Apelación, lo que es calificado por reputados abogados como tácticas dilatorias dirigidas a retrasar el desarrollo del proceso.
Ambas decisiones contaron con los votos disidentes de los magistrados Fran Soto, María G. Garabito y Rafael Vásquez Goico, para quienes, a su entender, procedía declarar la inadmisibilidad de ambas demandas, por carecer las mismas de base legal, como ocurre en otras materias.
La figura de la declinatoria por causa de sospecha legítima es cuando una jurisdicción entera (y no tal o cual de sus miembros solamente) puede estar bajo sospecha por falta de la objetividad necesaria para juzgar un litigio, es decir, la declinatoria supone una incertidumbre en cuanto a la objetividad del conjunto de los magistrados que componen el tribunal.
Firmantes: magistrado Luis Henry Molina Peña, preside, y magistrados Manuel Ramón Herrera Carbuccia, Pilar Jiménez Ortiz, Francisco Antonio Jerez Mena, Manuel Alexis Read Ortiz, Fran Euclides Soto Sánchez, Nancy Idelsa Salcedo Fernández, Justiniano Montero Montero, Anselmo Alejandro Bello Ferreras, Rafael Vásquez Goico, Vanessa Elizabeth Acosta Peralta, Samuel Amaury Arias Arzeno, María Gerinelda Garabito Ramírez, Moisés Alfredo Ferrer Landrón y Francisco Antonio Ortega Polanco.