Los partidos Fuerza del Pueblo, de la Liberación Dominicana y Revolucionario Dominicano depositaron un documento este lunes en la Junta Central Electoral (JCE) para solicitarle que deje sin efecto su denominado "Comunicado de Admonición" que dispuso limitar las actividades proselitistas con miras a las elecciones de 2024.

Las tres organizaciones opositoras al Gobierno expresaron en un comunicado su "firme oposición" a ese Comunicado de la Junta Central Electoral, emitido la semana pasada, que enumeró prohibiciones que, en su opinión, "vulneran derechos fundamentales y desconocen por completo decisiones que, al respecto, ha emitido el Tribunal Superior Administrativo y el Tribunal Constitucional".

La JCE recordó a los precandidatos que están prohibidos los mítines, marchas y caravanas, así como la colocación de vallas y afiches en lugares públicos, hasta que sea emitida la proclama que oficializa la campaña electoral.

La prohibición incluye la promoción de los aspirantes a través de medios de comunicación como la radio y la televisión, "sin menoscabo del derecho que tienen las organizaciones políticas de realizar las actividades internas habituales que les son propias en recintos cerrados, según sus estatutos y el principio de autorregulación partidaria", indicó.

También está prohibido el uso de símbolos patrios en cualquier medio de difusión o promoción proselitista con fines electorales, precisó la JCE que, además, recordó las penas dispuestas para las violaciones a estas disposiciones.

En ese sentido, el órgano electoral ordenó a todas las organizaciones políticas y a los aspirante a retirar en un plazo de 15 días, que se cumple el 25 de agosto, vallas, afiches o pancartas en espacios públicos, así como cesar el uso de símbolos patrios y abstenerse de difundir mensajes proselitistas en radio o televisión.

Documento opositor

Los tres partidos le recordaron a la JCE que la celebración de eventos multitudinarios, como mítines, marchas y caravanas, "constituyen una manifestación de la libertad de reunión que, de acuerdo con el artículo 48 de la Constitución de la República, toda persona tiene, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos".

A su juicio, la "Constitución de la República es clara y vulnerar dichos derechos mediante una decisión administrativa acarrearía una evidente acción de inconstitucionalidad".

Los partidos de oposición, para sustentar sus alegatos, citaron varias decisiones de las Altas Cortes, entre ellas que el Tribunal Constitucional, en 2022, "estableció de manera concreta que el numeral 7 del artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos que prohíbe 'la promoción política a través de mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de comunicación radial y televisiva', no era conforme con la Constitución".

"Esa sentencia del Tribunal Constitucional declaró nulo ese artículo de la Ley de Partidos, en razón de que esta prohibición se traducía en una restricción del derecho a la libertad de expresión, al impedir que los precandidatos pudieran exponer en los medios radiales y televisivos sus propuestas”, consideraron los partidos en el documento.