Las reformas constitucionales constituyen uno de los actos más fundamentales en una democracia. Implica la posibilidad de adecuar la normativa jurídica suprema a las necesidades de una sociedad en cambio. No obstante, este poder, depositado en los legisladores, exige de éstos un ejercicio y compromiso de equilibrio delicado entre voluntad popular y prudencia institucional.
En la República Dominicana y otras democracias de la región, la concentración de mayorías y súper mayorías legislativas en manos de un partido político o coalición está generado un preocupante fenómeno: la tergiversación del mandato constitucional. Las mayorías calificadas o súper mayorías, concebidas como un mecanismo de contención de protección de la norma suprema (la Constitución) de cambios arbitrarios, se convierten, en algunos casos, en instrumentos para legitimar intereses particulares o partidistas, bajo la excusa de que ellos representan "al pueblo encarnado", y que cuando el pueblo los eligió los legitimó para hacer determinadas propuestas.
Este discurso, que asocia a una mayoría legislativa con la “voluntad absoluta del pueblo”, o con la “encarnación del pueblo” es una tergiversación del poder de representación que ostentan. Los legisladores democráticamente elegidos en elecciones ordinarias, no pueden ni deben entenderse como poder constituyente. No, dichos legisladores son el “poder constituido” que siempre debe proteger los principios y valores otorgados por el constituyente original.
La Constitución no responde a una mayoría circunstancial ni electoral, sino a toda la ciudadanía, la cual necesariamente incluye a las minorías, a las poblaciones en condiciones de vulnerabilidad y a las generaciones futuras. Así, cualquier reforma debe estar guiada por un espíritu de inclusión y consenso, no por la imposición de una visión única que responde a intereses inmediatos de una mayoría electoral determinada.
La tergiversación es justo esa, las mayorías calificadas o súper mayorías no son ni pueden auto percibirse como el “pueblo encarnado”, pues ellos solo representan una mayoría electoral, mayoría que cuantitativa y cualitativamente definitivamente no puede ser entendida como la concreción del pueblo.
El riesgo de este abuso es evidente: erosionar el principio de equilibrio de poderes, debilitar los derechos fundamentales, desestabilizar el Estado de Derecho, y comprometer la estabilidad institucional. Un Poder Legislativo que se autoproclama como "voz del pueblo" sin los frenos y contrapesos adecuados se convierte en un vehículo de arbitrariedad que amenaza la democracia misma.
Ante esta realidad, es esencial que se promueva una cultura política que respete el sentido de la reforma constitucional como pacto social. Los legisladores deben asumir su responsabilidad histórica y entender que su rol no es fundar un nuevo orden constitucional en cada legislatura, sino custodiarlo con integridad y visión de futuro.
En República Dominicana, a diferencia de lo ocurrido en otros países de la región, el titular del Poder Ejecutivo no ha aprovechado dichas mayorías para abusar de él, sino más bien para auto limitarse y añadir mayores contrapesos y límites a esas eventuales mayorías.
En conclusión, es importante que los legisladores entiendan que la Constitución no es un texto jurídico frío; sino más bien un acuerdo vivo que trasciende coyunturas políticas y que responde, sí y solo sí, al poder constituyente originario, no al reformador. Protegerla del abuso de mayorías legislativas es fundamental para preservar la esencia de la democracia: una sociedad de leyes donde la voluntad del pueblo se exprese con respeto a la diversidad y la justicia.