El hijo de Dios hecho hombre, vino a la tierra hace más de dos mil años. Independientemente de su epifanía, él también convivió como un hombre común, en el diario vivir se van situaciones que se puede haber evitado y cuya causa muchas veces es producto de la ignorancia de muchos.

Recientemente, aquí en la República Dominicana, vivimos un episodio en el que una fiscalizadora fue desconsiderada y maltratada por miembros de la policía nacional que aún ya sabiendo que ella era miembro del ministerio público, no supieron tener la inteligencia emocional necesaria para manejar el asunto, independientemente de su aparente desconocimiento de la Constitución y la ley.

Inmediatamente, la manada de opinadores irreflexivos que desconocen la ley, empezó con una serie de críticas enfocadas a que la fiscal fue prepotente, de que se merecía todas las vejaciones de que fue objeto, y que quién actuó incorrectamente había sido ella, o sea, la mala de la película.

Alguien que a falta de inteligencia se le dio por ser muy sabio, me mencionó que este caso desafortunado, me podría dar una visión completa, de por qué crucificaron a Cristo.

Lo primero es que una unidad de la policía intercepta un vehículo y lo detiene portando dichos agentes armas largas, en donde la conductora se identificó como miembro del ministerio público, y al ver la forma abrupta y agresiva como se comportaban los agentes hacia su persona, ella decidió conducir hasta el destacamento de la localidad en busca de protección, puesto que ante tanta agresividad, sintió miedo pro su integridad física.

Lejos de ser el lugar donde una representante de la autoridad judicial ya identificada encontró apoyo ante una insubordinación desconsiderada y abusiva de la policía nacional, la magistrada fue vejada, humillada y maltratada.

Ella llegó en su vehículo, visiblemente turbada y nerviosa, se parqueó donde pudo y salió inmediatamente a contactar a su superior inmediato; de hecho en los videos cuando se desmonta de su vehículo se va a un policía tocando su arma en señal de amenaza, al introducirse dentro del recinto policial es esperada con toda clase de insultos, reitero que era una fiscal ya identificada, pues desde que fue interceptada en la carretera no solo enunció a viva voz su función judicial, sino que les mostró su carnet, y los mismos policías en el video hablando por radio dicen que “la fiscal se dirige a la delegación”. Luego en los videos al requisar el vehículo por los policías, después de arrebatarle la llave, lo primero que se ve dentro del vehículo es su carnet de fiscalizadora.

Una vez la Fiscal (que hizo lo que dice el protocolo) se identificó, ella era la máxima autoridad en esa dotación policial, y, por lo tanto, no solo el trato debió ser de respeto, sino sin agresión ante una autoridad; ella no representaba peligros para como doce agentes policiales que la insultaron y humillaron, ella no fue agresiva ni prepotente, sino que reacciono ante una insubordinación de su investidura, como lo hubiese hecho cualquier mortal.

– Puede la policía desconocer la autoridad civil legalmente constituida?

– Es decir, quién está bajo las órdenes de quién?

La Constitución Dominicana en su Artículo 169 establece que: “El Ministerio Público: “es el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción pública en representación de la sociedad”.

El Código Procesal Penal es muy claro al establecer en su artículo 91, sobre función: “La policía, por iniciativa propia, en virtud de una denuncia o por orden del ministerio público, debe investigar los hechos punibles de acción pública, impedir que se lleven a cabo, completen o extiendan en sus efectos, individualizar a los autores y cómplices, reunir los elementos de prueba útiles para determinar la verdad sobre la ocurrencia de los hechos y ejercer las demás tareas que le asignan su ley orgánica y este código”.

El mismo código, en su Artículo 92 sobre Obligaciones, manda: “Los funcionarios y agentes de policía tienen las obligaciones de practicar las diligencias orientadas a la individualización física e identificación de los autores y cómplices del hecho punible y llevar a cabo las actuaciones que el ministerio público les ordene, previa autorización judicial si es necesaria”.

En torno a lo que mucha gente desconocedora de las leyes pretende endilgarle a la fiscal como que ella cometió una falta por andar sin placa; La ley No. 195-11, en su Artículo 10, Párrafo II, sobre Formalidades para la expedición de placas para uso de instituciones estatales. Que regula la asignación y uso de las placas oficiales, diplomáticas, consulares y exoneradas, de manera muy clara establece:

“Los vehículos propiedad de instituciones estatales que utilicen placas con la denominación “EXONERADA” se identificarán con el logotipo y el nombre de la institución a la cual pertenezca en ambas puertas delanteras, excepto los casos por motivo de seguridad o por asuntos protocolares”.

La ley No. 195-11 continua en su Artículo 17.1, sobre Faltas, establece: A los fines de la presente ley constituyen faltas siguientes:  “El uso de las placas registradas y asignadas a un vehículo en otro vehículo, sin que se haya registrado el cambio en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Se exceptúan los casos de vehículos usados en proceso o eventos considerados de seguridad nacional”. Párrafo: Esta disposición no aplica en los casos de uso de vehículos en procesos o eventos considerados de seguridad nacional.

Es decir, en asuntos de seguridad nacional en que los diferentes organismos investigativos y/o judiciales del estado, es posible transitar sin la placa, y generalmente, los oficiales de la policía de tránsito al detener un vehículo así, solo se cercioran de que se trata de un órgano investigativo, y no agreden a nadie por ello.

De modo que pude entender lo que me decía la persona que al principio de este escrito me espetó, de que al príncipe de la paz nos lo crucificaron por ignorancia y desconocimiento de masas irreflexivas, como vemos que pretenden condenar esta fiscal que hacía su trabajo. Después de dos mil años viendo ciegos guiando otros ciegos, si aparece alguien diciendo que es el hijo de Dios proclamando que nos quitemos el velo, a Cristo lo crucificarían de nuevo.