En ocasión de la publicación del Código Civil de Francia, el 21 de marzo de 1804, el emperador francés, Napoleón Bonaparte, pronosticó, categóricamente, lo siguiente: “Mi verdadera gloria no está en haber ganado cuarenta batallas; Waterloo eclipsará el recuerdo de tantas victorias. Lo que no será borrado, lo que vivirá eternamente, es mi Código Civil”.
Muchos de los testigos de la histórica ocasión, probablemente, creyeron que el citado párrafo no fue más que una retórica del gran corso para hacer notar la trascendencia de su Código Civil. Sin embargo, el tiempo le dio la razón, como lo demuestra el hecho de que más de dos siglos después, sus fundamentos esenciales siguen estando presentes en los diversos códigos del mundo.
Una muestra innegable de lo anterior son el Código Civil y el Código Penal de la República Dominicana, los cuales se mantienen vigentes, con contadas modificaciones, desde que fueron adoptados, en el año 1884, durante la ocupación haitiana.
Por tanto, cada contrato que se suscribe en nuestro país, incluido el de matrimonio, para mencionar tan solo un tema, tiene como base el Código Napoleónico de 1804, lo mismo que las sentencias penales, que tienen como base el Código Penal Francés de 1810, el cual, igual que el civil, fue adoptado en el 1884.
Inexplicablemente, el legislador no ha hallado la manera de reformar el Código Napoleónico, que además de sepultar el feudalismo, consolidó las principales conquistas de la Revolución Francesa, tales como la igualdad jurídica, la individualidad de la propiedad, la libertad de trabajo, el principio de laicidad, la libertad de conciencia y la separación de los poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
A propósito de la necesidad perentoria que tiene nuestro país de reformar los referidos códigos, el presidente, Luis Abinader, con un elevado sentido de la historia, proclamó el 19 de mayo, en el discurso de la noche de la victoria, las palabras sin precedente que siguen a continuación: “Esta victoria electoral, en mi caso, es la última porque respetaré los límites en la Constitución en los términos de reelección. No volveré a ser candidato. Es mi palabra, mi compromiso y será mi legado”.
Como una muestra de su firme voluntad de impedir que en el futuro un presidente pueda reformar la Constitución Política para gobernar durante más de dos períodos constitucionales, el presidente, Luis Abinader, propondrá una reforma constitucional que frenará cualquier iniciativa de esa naturaleza, lo que le dará estabilidad a una Constitución que ha sido reformada 39 veces y en 36 de ellas se ha modificado la elección presidencial.
El otro tema de interés en la reforma constitucional es el relativo al fortalecimiento del Ministerio Público.
Tambien se reformarán leyes como la de la seguridad social, de hidrocarburos, de transporte, de agua, de electricidad, de educación, el código laboral, la competitividad, la Ley de Partidos, el Código Penal, el Código Civil, entre otros.
Las referidas reformas, más las 70 leyes derivadas de la Constitución del 2010, solo podrán materializarse con legisladores comprometidos, productivos y efectivos.
Finalmente, todo conduce a que, durante el mandato constitucional 2024-2028, el Congreso Nacional será, más que nunca, el centro del debate político, al tiempo que el presidente, Luis Abinader, se convertirá en el más connotado presidente reformador de nuestra historia democrática.