Los abogados frecuentemente hablamos y escuchamos hablar de la Gaceta Oficial. ¿Qué es esto? ¿De qué se trata? Respecto de la promulgación y publicidad de la ley, el artículo 101 de la Constitución de la República Dominicana dispone que la ley “será enviada al Poder Ejecutivo […] Si este no la observare, la promulgará […]”. Sobre la entrada en vigencia de las leyes, el artículo 109 de la Constitución de la República Dominicana establece que “después de promulgadas, se publicarán en la forma que la ley determine y se les dará la más amplia difusión posible […]”. Por su parte, el Código Civil de la República Dominicana dispone que, para dotar de publicidad a las leyes, deberán ser publicadas en la Gaceta Oficial o, en su defecto, en uno o más periódicos de amplia circulación en el territorio nacional.

De la anterior disposición se desprende la naturaleza de la publicación de la ley y otros actos jurídicos de trascendencia en la Gaceta Oficial. Ahora bien, ¿cuál es la naturaleza de Gaceta Oficial en sí misma? La Gaceta Oficial es un instrumento, generalmente impreso en papel periódico, de difusión y publicidad de las leyes y otros textos normativos con impacto jurídico de primer orden en tanto que su publicación determina la entrada en vigencia de los mismos. Lo anterior reviste a la Gaceta de una característica peculiar que la aleja de una simple impresión en tanto surte un efecto jurídico -imprescindible- de propiciar la entrada en vigencia de las leyes y, por su consiguiente, su eficacia y efectividad.

La Gaceta Oficial fue creada mediante resolución núm. 242 del Poder Ejecutivo, la cual establece la creación un periódico oficial “para la publicidad de los actos de la Administración”. Además, se cita -a propósito de tiempos actuales- que la Gaceta Oficial tendría otro fin (hoy en desuso): “dilucidar algunas cuestiones que son de mucha importancia para la ilustración y regeneración de la nacionalidad”. Así, la Gaceta no se concibió con el único fin de publicitar actos de la Administración, sino que guardaba un propósito patriótico. La redacción de la Gaceta se encargó a Manuel María Martín.

Posteriormente, mediante la Ley 266, de fecha 18 de marzo de 1985, se dispuso que se publicarán en la Gaceta Oficial, exclusivamente, los actos correspondientes a los Poderes Legislativo y Ejecutivo, que es lo que se hace hoy día. A pesar de ello, la Gaceta no deja de ser un instrumento del Estado cuya historia es interesante.