En general, los pavimentos suelen verse sometidos a dos solicitaciones principales, el tránsito y el clima, aunque el primero es el factor más transcendental, debido a que nos permite predecir, salvo situaciones climatológicas extraordinarias, el daño que sufrirá un pavimento en un periodo de tiempo dado.
Dado que el volumen de vehículos ha crecido en forma significativa en los últimos años, así como el transporte de carga, se hace imprescindible controlar la implicancia de las cargas de los vehículos en el comportamiento de los pavimentos.
Con ese fin, la Ley 63/17, en su Artículo 122, dice, entre otras cosas, que: “Los vehículos que excedan el peso y las dimensiones máximas reglamentarias no podrán transitar por las vías públicas. Los conductores que incumplan con la disposición de este artículo serán detenidos por los agentes de la DIGESETT hasta que disminuyan su carga al peso autorizado”
Igualmente, el Artículo 116, de la misma ley, dice: “Las estaciones de pesaje y control de las dimensiones de los vehículos de carga y de la carga serán construidas por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones en las estaciones de peaje o sus proximidades, en coordinación con el INTRANT.”
Por último, el Decreto 258-20, en su Artículo 21, fija los pesos máximos por eje (ver Tabla 1 adjunta).
¿Cómo se van a controlar los pesos que transportan los vehículos de carga si no se han construido las estaciones de pesaje? ¿Por qué se incumple con la Ley 63/17 y no se construyen dichas estaciones? Se desconocen los motivos, aunque las exigencias de la ley están bien fundamentadas
En general, los esfuerzos transmitidos por los vehículos livianos a los pavimentos no son relevantes, por lo que no se toman en consideración. En cambio, los vehículos comerciales, camiones y buses, son determinantes en el diseño y en la vida de los pavimentos. Por lo anterior, para poder diseñar adecuadamente los pavimentos, es fundamental saber la Intensidad Media Diaria (IMD) de vehículos pesados en cada vía. Normalmente se da como un porcentaje de la Intensidad Media Diaria total de vehículos. Adicional a la cantidad de vehículos pesados, se tiene que disponer de las características de dichos vehículos pesados, pues es fundamental saber la forma en la que se distribuye la carga total en el pavimento.
Habitualmente, dependiendo de los reglamentos de cada país, se utiliza un eje estándar de entre 8 y 13 toneladas, para el dimensionamiento de firmes. De 8 T se suele emplear por los países de nuestro entorno y de 13 T en Europa. Las características del eje estándar son de un eje simple y rodada doble, transmitiendo la carga máxima permitida por el reglamento de cada país. En la fig. 1 se puede ver el eje estándar de 8T (igual a 80KN o 18,000 lb, aproximadamente). El de 13 T es igual en cuanto a características geométricas pero transmite al pavimento una carga de 130 KN, igual a 29,120 lb, aproximadamente.
Debido a que los vehículos de carga vienen con diferentes tipos de ejes, se hace necesario un estudio, lo más aproximado posible, para determinar el porcentaje de vehículos que muestran características similares y transformar, mediante “factores de equivalencia” el impacto de esos vehículos, de n ejes diferentes, a ejes estándar, y así analizar el daño en los pavimentos. Con las características del tránsito de vehículos pesados lo más correctas posibles, se hace una evaluación de los millones de ejes estándar que pasarán por un punto de una vía y se procede al dimensionamiento de los firmes.
¿Qué ocurre si esos datos están incorrectos, por llevar sobrepeso los camiones? Muy sencillo, que la vida del pavimento será muy inferior. Los datos de vehículos pesados que pasan por un punto pueden ajustarse bastante a la realidad, pero si los camiones circulan con exceso de carga, cosa que es bastante normal en algunas vías del país, la vida de los pavimentos se puede acortar hasta en un 50% o más. Adjunto tabla 2 en la que se aprecia el impacto del sobrepeso en el caso de un eje estándar de 8 T.
En dicha tabla se observa que si un eje lleva una carga de 8.9 T en lugar de las 8 T, el factor de equivalencia es de 1.51. Es decir, si todos los camiones llevasen un 11.1% más de carga, la vida del pavimento se reduciría en un 51 %, ya que ese eje sobrecargado equivale a 1.51 ejes estándar. De la misma manera, si un eje carga con 97.9 T, el factor de equivalencia será 2.18, lo que implica que la vida de ese pavimento durará la mitad de lo calculado por llevar los camiones una sobrecarga de un 22.2%.
Considero básico que el MOPC proceda a construir lo más rápido posible las estaciones de pesaje, tal como lo exige la Ley 63-17, para evitar el envejecimiento prematuro de los pavimentos. No entiendo por qué se ha evitado siempre pesar los vehículos pesados, siendo que es un dato fundamental en la ingeniería vial. Por ejemplo, el artículo 4.4.3 del Contrato de Obra, Mantenimiento y Operación de la Autopista del Coral, decía entre otras cosas: “Sujeto a lo que sea establecido en el Reglamento de Operación y Mantenimiento, la infraestructura necesaria para la operación de este Proyecto deberá incluir dos (2) Estaciones de Pesaje fijas y una (1) móvil”. Nunca se construyeron tales estaciones.