La Instrucción General 02 de la Procuraduría General de la República habla de respeto a los derechos, de la obligación del Estado a garantizar la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad y de la no discriminación. Reitera que para lograr que se cumplan estos principios se requiere establecer de forma sistémica políticas que se encaminen a este fin.

La Instrucción General 02 se sustenta en la Constitución Dominicana, en Convenios Internacionales que reconocen derechos humanos, ergo forman parte del bloque de constitucionalidad, y en instrumentos de menor jerarquía, pero con los que estamos obligados, como las Reglas de Brasilia, un documento que nace en la Cumbre Judicial Iberoamericana, en 2008, Todos ellos tienen como preocupación central el acceso a la justicia de las personas que se encuentran en condición de vulnerabilidad, desde la exigencia de que los sistemas judiciales sean reales instrumentos de defensa de los derechos de las personas, sobre todo de las más vulnerables. Reconociendo que el sistema judicial se debe configurar desde la aceptación y que tiene poca utilidad que el Estado reconozca formalmente un derecho si el titular no puede acceder de forma efectiva al sistema de justicia para obtener la tutela de dicho derecho.

La Instrucción General 02 menciona un principio jurídico incuestionable, la FAVORABILIDAD en la interpretación del derecho hacia las personas que son titulares. Siendo así, tendríamos que afirmar que no hay nada nuevo en esta instrucción, y que, de lo que se encarga es de viabilizar el cumplimiento de lo que ya está establecido. No se trata de si la Magistrada Miriam Germán emitió esta instrucción y eso la hace persona a ser repudiada o persona a ser ponderada. Se trata de que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y las políticas públicas deben formularse para lograrlo.

¿Por qué ha generado tantas reacciones, alarmas, escándalos e histerismos patéticos? Algunos elementos para una posible respuesta:

Rita Segato ha trabajado el concepto de “Pedagogía de la Crueldad” y me parece muy pertinente a la ocasión. Explica que esta pedagogía se funda principalmente a partir de naturalizar el trato cruel a todos los niveles y todas las circunstancias para de esa forma reducir los niveles de empatía en la población. En otras palabras, reducir cualquier vibración o sentimiento empático que como personas podamos tener frente al sufrimiento o su posibilidad, propio o ajeno. Segato afirma que disminuir los niveles de empatía es un proyecto muy bien pensado y que se está ejecutando a nivel mundial. Lo relaciona con múltiples factores, pero uno de los más importantes es la cosificación de las personas.

La cosificación ha estado clarísima para las mujeres y hay infinidad de estudios académicos sobre la que específicamente sufrimos las mujeres, y que yo nombro Paradoja de la Subhumanidad, las mujeres somos personas, pero nuestra identidad la marca un rol impuesto al que le es inherente la obediencia, la subordinación y el rol de cuidadoras. Esta construcción imaginaria sustenta la misoginia, que a su vez se hace fundamental para justificar el machismo que nos sigue construyendo como “lo otro”, “lo alterno”, lo que existe para dar apoyo, para sustentar, para reproducir la especie y, evidentemente, para cuidar el fruto consecuencia de la reproducción.

Ahora bien, la cosificación se extiende a otras poblaciones en condición de vulnerabilidad. De ahí el “problema” de la Instrucción General 02, es que nombra a una de estas poblaciones. Como ya era hasta “indecente” oponerse a los derechos de las mujeres, construyeron el concepto de “ideología de género” y desde ahí, han hecho una mescolanza de mentiras y medias verdades tergiversadas y encaminadas a generar miedo a lo diferente y alarma social frente a lo que no se comprende de inmediato. Desde este concepto de “ideología de género” han reconstruido un discurso que justifica la negación de derechos y naturaliza la subordinación. Por eso el escándalo, porque la instrucción obvia esos mensajes de miedo, ignora las alarmas infundadas y asume la inclusión como justa y necesaria para todas las poblaciones.

La instrucción expresa de forma taxativa lo siguiente:

Párrafo del artículo 1.

“Se consideran poblaciones vulnerable a los fines de la presente instrucción general los adultos mayores, migrantes, integrantes de la comunidad LGBTIQ, personas con alguna discapacidad física o mental, o cualesquier otra condición personal o social que genere un riesgo de vulnerabilidad análogo”.

Artículo 6.

“Respeto a la identidad u orientación de género: Todo personal que atienda a una víctima de la comunidad LGBTIQ, debe dirigirse a su persona de acuerdo a la identidad de género que exprese. Siempre se debe guardar discreción sobre los datos revelados”.

Grupos con fanatismos instaurados que luchan cada día por imponer como norma la discriminación y el abuso, han reaccionado desde la manipulación y la intención de generar escándalo. Estas son sus estrategias favoritas, aunque lo acompañan de otros elementos que podríamos abordar en otro artículo, ahora lo importante es destacar que defienden una ideología que se aleja de los principios cristianos. Se les olvida que Jesús nos dijo hace dos mil años que Dios es amor y que la forma viable de construir la humanidad es amando al prójimo. La ideología que sustenta a estos grupos se basa en el desprecio. Se niegan a aceptar que las personas LGBTIQ decidieron dejar de vivir a la sombra, dejaron de ser invisibles y exigen ejercer sus derechos desde reconocerse como son.

Y haréis justicia.

P.D. Junto a Diversidad Dominicana estamos en proceso para fundar una Asociación de Madres, Padres y familias de personas LGBTIQ a fin de naturalizar la aceptación y la dignidad. Si te interesa puedes contactarnos. ¡No más closet, a vivir de cara al sol, en tranquilidad, empatía, respeto y amor!

Otra P.D. ¿Se afectan tus derechos porque las demás personas ejerzan los suyos?