En la entrega anterior ofrecimos información general sobre la Inteligencia Artificial Generativa (“IA”), y las perspectivas de masificación en el uso.  En esta entrega examinaremos la pertinencia de regular la IA.

El discurso predominante de las Big Tech ha sido que la intervención del Estado para regular tiende a ralentizar la innovación.  Cuando ha surgido regulación, típicamente ha sido ante la proliferación de ilícitos penales utilizando la tecnología como vehículo.

Hasta ahora se sanciona el uso de la tecnología para cometer actos ilícitos, o el uso de tecnología ilegalmente obtenida (piratería).

Sin embargo, ante las nuevas capacidades del “Large Language Model” de ChatGPT 4, propiedad de la empresa OPEN AI, en marzo del 2023, un grupo de académicos de la fundación Future of Live, sumados a empresarios como Elon Musk, y ejecutivos de META, Microsoft, Google, entre otras, publicaron una carta abierta advirtiendo sobre la posible amenaza a la humanidad en caso de una inteligencia artificial general que pudiera sustituir a las personas.  Esto supone una IA que no solo sirva como medio para delinquir, sino que ella misma genere ilícitos.

Me cuestioné: ¿esta advertencia surge de una preocupación legítima sobre un desarrollo real o potencial de la IA riesgoso para la humanidad? O, ¿constituye una táctica que conduce a restringir la innovación, y la libre competencia en el mercado de IA? ¿En el estado de la tecnología, puede esta cometer actos ilícitos sin intervención humana?

El primer asunto a resolver, desde la perspectiva jurídica, es el dilema shakesperiano: “¿regular o no regular? Esa es la cuestión”.

La Unión Europea resolvió la cuestión iniciando un proceso de consultas a más de 500 expertos de toda la zona, desde el 2017, para alcanzar una propuesta de Ley IA, la cual ya está lista para discusión parlamentaria.

Recientemente el presidente estadounidense dictó una orden ejecutiva, que propone algunas normas de conducta para las empresas en el sector de IA.

En suma, las señales a nivel global indican que debe haber algún tipo de regulación, aunque su adopción sea progresiva, iniciando con un código de ética.  La UNESCO ha trabajado un modelo de código de ética de IA que propone a los miembros de la ONU.

La IA es un sector de las TICs desarrollado por la iniciativa privada a nivel mundial.  La señal que están enviando las naciones con las empresas que lideran en IA, es que continuará siendo financiada por capital de riesgo privado, y el Estado solamente intervendría como regulador.

La Constitución dominicana prioriza y promueve la iniciativa privada y protege la innovación fruto del intelecto humano; el Estado empresario queda limitado a aquellos sectores de importancia para el desarrollo de la nación, pero que no son servidos aún por empresas privadas.

El Estado como empresario surge cuando no es suficiente la actividad regulatoria que envíe señales al sector privado de que sus inversiones son bienvenidas, o que se trate de bienes del dominio público, cuya explotación no puede ser concesionada por razones de Estado.

La Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (“ENIA”) sugiere algo distinto del principio de la subsidiaridad del Estado-empresario que establece nuestra Constitución. Se propone obtener “soberanía tecnológica” en materia de IA para el país.

Para alcanzar tal objetivo, la ENIA indica que el Estado invertirá en Investigación, Desarrollo e Innovación, pondrá capital de riesgo a disponibilidad de empresas que deseen invertir en estos sectores, a través de un fondo especial, y adquirirá los equipos y sistemas necesarios para formar un Hub de Datos; el lenguaje de la ENIA sugiere que lo subsidiario será la ajustar el clima de negocios para propiciar inversiones privadas en IA.

Recomendamos desarrollar más la justificación de la decisión estratégica antes expuesta, de alejar la ENIA del sistema económico previsto por la Constitución.

Lo cierto es que, se ejecute o no el plan trazado en la ENIA, el uso de la IA se nos impondrá en nuestras vidas, tanto en las transacciones que realicemos financieras, ante el gobierno o comerciales, como en nuestro trabajo y educación, a causa de la globalización de su acceso, en un entorno indiscutible de economía global.

En adición a lo que propone la ENIA, la eficacia para integrar positivamente el uso de la IA en el país, y aprovechar todas sus bondades, requiere, de una ponderación experta, rigurosa y sosegada de los riesgos que entraña su utilización; la utilización de la IA prosperará en la medida de que se generare un ambiente de confianza mediante la legislación que la regule de forma efectiva, de forma tal que ofrezca:

  • seguridad a los ciudadanos para que adopten las aplicaciones de la IA y
  • seguridad jurídica a las empresas y organismos públicos para integrarlas a sus procesos.

Los fundamentos de una regulación de IA deberán ser:

  • nuestros principios como Estado Social y Democrático de Derecho y
  • los derechos fundamentales tutelados por el bloque de constitucionalidad dominicano.

La ENIA propone ciertas reformas legales para fortalecer el marco legal, sin embargo, no propone una regulación comprensiva que aborde los riesgos en el uso de la IA por las personas, lo que abordaremos en una próxima entrega.