El anteproyecto de ley de Alimentación y Nutrición Escolar entregado a la Cámara de Diputados por una comisión encabezada por Víctor Santos, director ejecutivo del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), es una pieza desfasada en términos de la realidad de las plantas físicas escolares, la legislación y reglamentos que regulan el sector educativo nacional.
Pero más que todo, sobreabunda porque para establecer que los suplidores del alimento a los estudiantes del sector público “se realice en cocinas dentro de las escuelas”, lo puede establecer el Ministerio de Educación mediante ordenanza que, además, está consignado en el Reglamento para el diseño de plantas físicas escolares, del Ministerio de Obras Públicas, promulgado mediante el decreto numero 305-6, del 2006.
Y en cuanto a la parte “nutrición escolar” referida en el título del anteproyecto de ley, está consignado en la ordenanza numero 12-2003 que establece el reglamento que crea Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil como una de sus atribuciones, que de paso vale advertir que es una de las áreas en las que debe insistir el INABIES.
Con estos tres párrafos entiendo que queda fehacientemente demostrado la improcedencia de la pieza, pero como en este país hay una sobreabundancia de leyes, alguien se le podría ocurrir “aprobémoslo”, que una más no importa, aunque es posible que a algunos suplidores no les daría lo mismo porque estarían obligados por ley a ubicarse a no más de mil de los metros del centro al que le ofrece servicio.
Como colofón en esta parte, creo oportuno advertir que cocinar para cientos de estudiantes en los centros educativos públicos se convertiría en una distracción, por los olores, y hasta por los malos olores, pero también por la constante entrada y salida de vehículos a llevar materias primas y a retirar basura, entre otros desperdicios, pero que, además, en la inmensa mayoría de escuelas no existen ni las más mínimas condiciones
El Estado y la vía cooperativa en el alimento escolar
Como todo no es tan malo que no se le pueda sacar algo bueno, entiendo que el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP) pudiera realizar un estudio orientado a verificar la factibilidad de la formación de una Cooperativa de Producción y Trabajo, con participación del Estado.
Esto significa que el Gobierno, en la representación del IDECOOP, seria socio de la empresa social, junto a las empresas suplidoras de los alimentos, los productores agrícolas, pecuario, embutidoras de todo tipo, reposterías, panaderías, y otras empresas que producen artículos componen la ración alimenticia.
El aporte de capital por parte del Gobierno seria la construcción de las edificaciones que alojarían los comedores, los suplidores aportarían todos los equipos de cocina, en tanto en los organismos de dirección y control de la empresa social, estaría el Estado, representado por IDECOOP” y los suplidores.
Es importante aclarar que la una de las modalidades seria que la permanencia del Estado como socio, sin deponer su atribución de promover, educar y fiscalizador, seria hasta que recupere la inversión en la construcción de las edificaciones.