El Gobierno dominicano está definiendo el proyecto de ley para la reforma fiscal, el cual ha sido postergado por varios períodos gubernamentales. Actualmente, están fluyendo muchas propuestas desde el litoral académico, de especialistas de la economía, las ciencias sociales y la sociedad civil. La reforma será integral es lo que se ha dicho. Será fiscal no tributaria. Si es progresiva se alinearía con el esquema de justicia social. Si es integral significaría que aumenten los ingresos para mejorar el gasto público. Cabe preguntar: ¿La integralidad de la reforma aborda o abordará las dos dimensiones de la ejecución del gasto público en un Estado unitario compuesto por dos niveles de gobiernos: central y local?

Una manera de los gobiernos locales cumplir con el objeto para cual existen es mejorando su ingreso y el gasto: objetivo de toda reforma fiscal.  La Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios establece que los ayuntamientos son promotores del desarrollo, el mejoramiento sociocultural de sus habitantes, la preservación del medio ambiente, la protección de los patrimonios históricos, el ordenamiento territorial, la protección de los espacios públicos, Etc. En el año 2019, los gobiernos locales recibieron una transferencia desde el nivel central de 2.90%, que fue aumentado hasta 3.13% en el 2021. No obstante, en el 2022 se volvió al mismo porcentaje de 2.90%, aunque ha habido transferencias condicionadas a través de la Liga Municipal Dominicana que podrían superar el porcentaje.

Un ingreso público elevado por la reforma fiscal sin participación de la escala municipal el porcentaje del ingreso municipal se desplomaría, llegando a estar en escenario que colocaría la transferencia por debajo del 1.5%. Si se incorpora una estrategia de coparticipación y transferencia condicionada se estaría cumpliendo con el propósito del Programa de Gobierno del presidente Luis Abinader de llegar hasta un 5% de transferencia del ingreso corriente a los gobiernos locales.

Por su lado, los ingresos propios de la mayoría de los gobiernos locales no llegan al 10%; salvo aquellos localizados en los grandes conglomerados urbanos como los del Gran Santo Domingo y algunos del Cibao Norte que superan el 20%. Las condiciones fiscales actuales de los gobiernos locales ameritan ser superadas. Los desafíos abordados en el programa de Gobierno del presidente Abinader ameritan de incremento de los presupuestos municipales.

También, en la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, los gobiernos locales tienen competencias, atribuciones y funciones que requieren urgentemente respuestas. Hay deudas históricas con el cumplimiento de esta ley. Los gobiernos locales dominicanos ocupan una posición baja  en el ranking de la descentralización fiscal de American Latina que es necesaria superar. Y esto únicamente es posible lograr transfiriendo más recursos, más impuestos de vocación municipal, más competencias en la gestión de servicios públicos, más capacidad administrativa  y más transparencia en las autoridades locales.

La reforma fiscal está compelida a asegurar recursos en el fortalecimiento de los gobiernos locales, para que estos puedan cumplir a corto y mediano plazo con el cierre técnicos de los vertederos, con el diseño de los planes municipales de ordenamiento territorial que son claves para un turismo sostenible, la protección de los suelos agrícolas y de los patrimonios ambientales y la movilidad urbana inteligente. También, para el impulso a los mecanismos de participación ciudadana, el fortalecimiento de las oficinas de planeamiento urbano a través de mejoras tecnológicas y capacidades de los recursos humanos, la oferta de calidad en la administración de servicios públicos y la implementación de iniciativas de desarrollo económico, social y ambiental.

La reforma fiscal integral es una grandísima oportunidad para cerrar brecha entre el ingreso y el gasto de calidad. Para poner en marcha las transferencias condicionadas que permitan operar el principio de subsidiariedad estableciendo transferencia gradual de servicios de vocación municipal que está en poder del Gobierno central. Los servicios culturales, deportivos, el aseo de escuelas, el mantenimiento de redes de agua potable y aquellos servicios que están más cerca a la población. Una oportunidad para salir de la pereza fiscal de las autoridades municipales que siempre esperan que llegue el situado desde la Tesorería Nacional.

Tres caminos para la reflexión de la reforma fiscal y la coparticipación de los gobiernos locales:

1-Transferencia gradual del Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria a los gobiernos locales. En América Latina únicamente Chile y República Dominicana quedan por traspasar este impuesto a los gobiernos locales. En Guatemala, este impuesto representa el 80% de los ingresos de los municipios. En Perú, el 55% de las recaudaciones propias municipales son vías el IPI. En República Dominicana, para evitar la recentralización de los ingresos por el IPI en aquellos municipios con más riqueza (regularmente los más poblados y urbanizados) se puede definir un instrumento de redistribución que permita aportar la cohesión social territorial mediante un principio de solidaridad horizontal. Por el IPI, al año 2022 hubo una recaudación de 4 mil 437 millones, la más baja en América Latina en relación al PIB (0.07%). Traspasando gradualmente el IPI a los gobiernos locales, aunque Hacienda quede con la administración de este impuesto, se aumentaría significativamente la recaudación, se incentiva a los gobiernos locales con los registros administrativos de su catastro y aceleraría sin demora la formulación de los planes municipales de ordenamiento territorial. Esto llevaría a la definición de los registros de contribuyentes en los territorios donde gobiernan los ayuntamientos de todo el país y se superaría cierto grado de pereza fiscal de Hacienda.

2-Transferencias condicionadas de recursos. Esta modalidad es muy común y en algunas oportunidades ha sido aplicada en República Dominicana. Último caso, los 4 mil millones de pesos transferidos a la Liga Municipal Dominicana para la inversión en infraestructuras viales y servicios que son competencias de los gobiernos locales. No obstante, la reforma fiscal puede orientar hacia la focalización de recursos para transferencias condicionadas vinculadas a estrategias de desarrollo humano sostenible, a saber: gestión integral de residuos sólidos, aportes para proyectos de inversión públicas para infraestructuras comunitarias vinculadas a la vocación de los suelos según las ordenanzas de los planes de ordenamiento territorial, creación de un Fondo Concursable para el Desarrollo Municipal con enfoque de gestión de riesgo y cambio climático. Otras por evaluar a nivel de educación, salud, deporte y cultura. La transferencia condicionada de impuestos de vocación municipal, mediante un esquema de gradualidad, ayudaría a aproximar al país al resto de América Latina donde el financiamiento de los gobiernos locales y subnacionales se soportan en fuentes como el impuesto a la circulación, al peaje, Etc.

3-Continuidad de la transferencia de un % de ingreso corriente. El reclamo del 10% de transferencia del ingreso corriente nacional hacia los gobiernos locales es una deuda vieja que no tiene actualmente ninguna factibilidad presupuestaria. Para salir de ese estadio de vulnerabilidad constante de la legislación marcada con el número 166-03 y cumplir con la propuesta del presidente Abinader de destinar a los gobiernos locales un 5% de los ingresos corrientes, los fondos a captar por la reforma fiscal deberían proyectarse hacia el alcance de esa meta.

Con la concertación de estas tres propuestas y de otras que puedan surgir desde el litoral municipalista, el país se estaría ubicando dentro de un mejor ranking en la descentralización fiscal y en los indicadores de desarrollo territorial. Para esto se necesita un liderazgo municipal y social movilizado y dispuesto a influir en la toma de decisiones.