En la década de los 60 el grupo de Rock mexicano Los Apson popularizaron una canción que todavía en mi adolescencia, en los años 80, cantábamos allá en el Imperio de Salcedonia.

Decía entre otras cosas:

“Me parece que en el mundo
ya las cosas no andan bien
pues parece que a la gente
se les fue el seso a los pies…

Por eso estamos como estamos,
por eso nunca progresamos,
si tal parece que gozamos
poner las cosas al revés…

Por tanto genio y tanto sabio
que juegan yoyo en el café.

Por eso estamos como estamos,
por eso nunca progresamos,
si todo se hace con los pies…”

 

Esa canción me acompaña en estos días, la tarareo y tarareo desde que leí la Orden Departamental 49-2022, mediante la cual se deroga la 33-2019, que, aunque lamentablemente no se había ejecutado, es muy pertinente y necesaria, pues estableció como prioridad el diseño e implementación de la política de género del Ministerio de Educación.

 

La lógica de actuación de las autoridades me desborda. Los mismos grupos que se han encargado de hacer un boicot al Censo Nacional de Población y Vivienda (entre otras perlas en el mismo sentido del absurdo) forman parte del Consejo Nacional de Educación, son recibidos por las más altas autoridades nacionales y les hacen caso a todos sus dislates para tomar decisiones de políticas públicas. ¡Farmacia Mella! (uso esta expresión, para no decir bien alto que se escuche en cada rincón del país las palabras que comienzan con C… y entonces aleguen que me descalifico por “plebe”).

 

Fundamentos jurídicos y normativos de la Orden Departamental 33-2019, recién derogada.

 

Internacionales: Principales instrumentos en que se sustenta.

 

  • Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.
  • Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José.
  • Convención de los Derechos del Niño.
  • Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
  • Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
  • Declaración y Plataforma de Acción de la Conferencia de la Mujer en Beijing
  • Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo.
  • Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Nacionales. Aquí les pongo cinco instrumentos normativos y de políticas públicas, y algunas de las cuestiones que abordan:

  • Constitución dominicana.

En varias partes del texto, principalmente en el artículo 39, se refiere a la igualdad de género y afirma que el Estado debe promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva y tendrá que adoptar medidas para prevenir y combatir la discriminación, la marginalidad, la vulnerabilidad y la exclusión; la mujer y el hombre son iguales ante la ley.

  • Estrategia Nacional de Desarrollo.

En la misma se indica que todos los planes, programas, proyectos y políticas públicas deberán incorporar el enfoque de género en sus respectivos ámbitos de actuación, a fin de identificar situaciones de discriminación entre hombres y mujeres y adoptar acciones para garantizar la igualdad y la equidad de género.

  • Ley General de Educación.

Establece que la educación debe ser integral que permita el desarrollo de las individualidades sin ningún tipo de discriminación por razón de raza, de sexo, de credo, de posición económica y social o de cualquiera otra naturaleza.

  • Pacto Educativo.

En este documento se concertó trabajar para una educación orientada a construir ciudadanía plena mediante la formación integral encaminadas a desarrollar personas autónomas, solidarias, éticas y socialmente responsables, comprometidas con la igualdad y equidad de género.  Además, incorporar al currículo educativo, la educación sexual y reproductiva; así como la formación en valores de respeto, igualdad y equidad de género, convivencia familiar, y maternidad y paternidad responsables.

  • Plan Nacional de Igualdad y Equidad de Género, PLANEG III.

En este instrumento aparecen los lineamientos para trabajar en la construcción de una cultura de igualdad y equidad de género como elemento transversal al desarrollo humano. El Respeto a la diversidad de identidades y roles que asumen las personas en la cotidianidad, incluyendo acciones encaminadas a lograrlo.  La inclusión de la educación sexual y reproductiva en los programas de educación en las escuelas. Y la necesidad de asumir la integralidad como fundamento conceptual que entienda la igualdad de género como un principio para el desarrollo y responda a lineamientos de enfoques de derechos y de desarrollo humano.

Fundamentos jurídicos de quienes se oponen a que la educación dominicana se realice como ha establecido en su normativa constitucional y legal. NINGUNO.