Recientemente en la prensa nacional existe un movimiento en favor de evaluar la situación de muchos reclusos que se encuentran aquejados de salud, incluso algunas manifiestan la necesidad de una “ley de indultos” dado la gran cantidad de privados de libertad y las calamidades que estos viven. En ese sentido el magistrado Luis Henry Molina Peña, Presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial ha manifestado “la situación del sistema penitenciario es una preocupación constante para el Poder Judicial, como lo debe ser para todo el Estado y la sociedad en general”.[i]

El sistema penitenciario de la República Dominicana adolece de una verdadera política de reinserción social de aquel quien ha infringido la ley penal. La sobrepoblación carcelaria, las condiciones de insalubridad y la alimentación precaria son algunos de los factores que conducen a una doble condena al reo, una condena por el ilícito cometido y la otra una pena al denigrar la dignidad del interno.  Esto con el agravante que los internos sometidos a medidas de coerción de prisión preventiva se ven sometidos a dichas condiciones de vulneración a la dignidad sin tener una sentencia condenatoria.

En mi condición de Juez del Poder Judicial, del área penal específicamente, a diario soy testigo de primera mano de situaciones que laceran el alma de quien observa, imagínese usted de quien lo vive en propia carne. No pretenden estas líneas ser un látigo de crítica al sistema penitenciario, pretenden ser una visión objetiva, para aquellos ciudadanos que no conocen el desarrollo del proceso penal, pretenden ser una opinión que llame a la reflexión de como sociedad, como las autoridades estatales puedan disponer de políticas públicas que resuelvan el problema, no es cuestión de congresos y conferencia en finos hoteles, es cuestión de humanizar los actores del sistema y dotarlos de las herramientas necesarias para  un trabajo efectivo.

La Constitución de la Republica, en su rol de carta fundacional de la nación en su artículo 61 dispone que “toda persona tiene derecho a la salud integral…”, por tanto es un deber del Estado garantizar el acceso efectivo a la asistencia médica, así como la preservación de la salud. De igual manera dispone el texto constitucional en sus artículos 68 y 69 el respeto a la tutela judicial efectiva y el debido proceso de ley, lo que implica el respeto a las garantías fundamentales de cada ciudadano durante el derecho de cualquier proceso judicial.

En lo personal quedo absorto cuando diariamente los internos que acuden a sus audiencias son trasladados en camiones con rejas, cual ganado vacuno, o en vehículos destartalados que no garantizan la seguridad de quien es custodia es trasladado, pero mucho menos la integridad de los propios agentes que fungen de vigías; peor aún es el drama cuando dentro de los reclusos que comparten el viaje con algún paciente de tuberculosis, sin la más mínima protección (ni mascarillas, ni guantes) acción que pone en peligro de salubridad al mismo enfermo,  a sus compañeros reclusos, a los custodias, abogados, fiscales y jueces. De igual manera, el retardo en los procesos judiciales por la falta de traslado del imputado, cosa que me hace cuestionarme ¿cumple el Estado con su rol de garantizar la salud y el debido proceso?

Queremos justicia” es el clamor de la ciudadanía ante cualquier hecho delictivo que le afecte. Pensamos en el “tránquenlo en lo que se investiga” por aquella mentalidad de Concho Primo que la “tranquilidad viene del tranque”; No es así, debemos como sociedad sensibilizarnos que la justicia no es venganza, la justicia necesita de sus procesos, plazos y elementos probatorios contundentes. Debemos entender que la prisión preventiva contemplada en el artículo 226 numeral 7 del Código Procesal Penal es la última ratio, es de aplicación excepcional y no general.

Debemos como ciudadanos aprender que los procesos judiciales no se alimentan del morbo de la prensa, ni los likes en redes sociales, ni por el clamor público; los jueces son terceros imparciales que aplican el derecho sin miedo, ni temor a ninguna injerencia. Sin lugar a dudas es necesario re-enfocar la aplicación de la prisión preventiva, que el hecho que se imponga una medida de coerción alterna no implica que no se hace justicia. En lo personal considero que la situación de sobrepoblación e insalubridad en la población carcelaria es una emergencia nacional, pero debemos tener cuidado al hablar sobre una ley de indultos por enfermedad, no es tan simple el asunto, cada caso debe ser evaluado de forma particular.

En algún momento las cárceles dejarán de ser centros de almacenamiento de seres humanos para ser lugares que reformen, que eduquen y den una segunda oportunidad… Espero no estar soñando, algún día será!!!

[i] https://listindiario.com/la-republica/justicia/20230531/presidente-suprema-corte-dice-condicion-presos-alarmante-precaria_756218.html