El jueves 24 de junio de 2022 la Suprema Corte de los Estados Unidos emitió la sentencia New York State Rifle & Pistol Association, Inc., et al. c. Bruen, mediante la cual declaró la inconstitucionalidad de la ley sobre control de armas del estado de Nueva York (Ley Sullivan). La Ley Sullivan permitía a los individuos el porte de armas, pero para la emisión de la correspondiente licencia les exigía demostrar causa apropiada (proper cause) o sea, una necesidad especial distinta a la del público en general.  Esta sentencia se une a otras tres disposiciones importantes que configuran el universo normativo federal aplicable en Estados Unidos respecto del porte y la tenencia de armas.

La primera disposición legal importante en la materia es la 2da enmienda de la constitución federal de los Estados Unidos. La misma establece “[s]iendo necesaria una milicia bien organizada para la seguridad de un estado libre, el derecho del pueblo a poseer y portar armas no será infringido.” Parecería que el derecho a tener armas se supedita a dos condiciones, a saber, (a) que se relacione con el establecimiento de una milicia y (b) que esa milicia se haya organizado para la seguridad de un estado libre. Es importante referir que la figura de la milicia como presupuesto para portar armas encuentra su origen en el hecho de que -en los tiempos coloniales en los que se fraguó la federación de los Estados Unidos- era una garantía de seguridad (frente a ataques un eventual -entonces inexistente- ejército federal) que los estados federados contasen con milicias armadas. Pero, al día de hoy ¿se limita este derecho -en efecto- a escenarios que se correspondan con milicias?

Acá entra en juego la segunda disposición importante. En la sentencia del caso District of Columbia c. Heller (2008) la Suprema Corte de Justicia de EEUU fijó el criterio de que el derecho individual de tener armas no se limita al servicio en una milicia y que incluía otras esferas y propósitos legales como la legítima defensa en el hogar. En función de que este caso versaba sobre el Distrito de Columbia (el cual es lo que se conoce como un ‘enclave federal’, es decir que no está en ningún estado), el asunto relativo a la aplicación de este precedente a los estados federados no quedó esclarecido. Así, el derecho constitucional a tener y portar armas se aplicaba respecto de la jurisdicción federal, pero no se limitaba al establecimiento de milicias, sino que regía respecto de la legítima defensa a lo interno del hogar. Quedaban, en consecuencia, dos aspectos importantes por determinar.

Por un lado, respecto de la aplicación de la expansiva interpretación del caso Heller a los estados federados, por medio de la sentencia del caso McDonald v. Chicago (2010) la Suprema Corte de Justicia de EE.UU. validó que la 2da enmienda constitucional (conforme la interpretación Heller) se encontraba incluida en la noción de ‘libertad’ de la 14ava enmienda constitucional y, por ende, es aplicable respecto de los estados que componen la federación. Lo anterior significa que, además de aplicar a nivel federal, el criterio de que el derecho individual de tener armas no se limitaba al servicio en una milicia era aplicable y oponible a los estados federados. Esta decisión fue redactada por el magistrado Samuel Alito, el mismo que redactó la sentencia Dobbs y que concluyó que el aborto no se encontraba cubierto por la enmienda 14ava y que, en consecuencia, el derecho al aborto no goza de protección constitucional.

Por último, en New York State Rifle & Pistol Association, Inc., et al. c. Bruen (2022), la Suprema Corte de EE.UU. declaró inconstitucional la Ley Sullivan. El magistrado Thomas -quien redactó la opinión de la mayoría- explicó que "el derecho a portar armas en público para defensa personal no es un derecho de segunda clase sujeto a un orden jurídico completamente distinto a los otros derechos contenidos en la Declaración de Derechos. No conocemos otro derecho constitucional que pueda ser ejercido por un individuo solo después de haber demostrado a oficiales del gobierno que tiene alguna necesidad especial para ello." Con este precedente, la Suprema Corte de EE.EE. liberaliza el porte de armas en público, es decir, lo desvincula de regulaciones estatales que pretendan supeditarlo al criterio de funcionarios gubernamentales.

Resulta paradójico cómo, en la visión mayoritaria de la Suprema Corte de EEUU, la interpretación constitucional originalista da abasto para desconstitucionalizar el derecho al aborto y, a la vez, para ampliar considerablemente el derecho a tener y portar armas (extendiéndolo, incluso, al porte en público al margen de la condición de milicia) en negación del propio texto original de la 2da enmienda constitucional. Horas después de la publicación de la sentencia del caso Bruen el presidente Biden firmó una ley (apoyada por demócratas y republicanos) que incluye, entre otras cosas, financiamiento para estados que aprueben leyes bandera roja (que permitan desarmar a individuos que emitan amenazas) y financiamiento para el sistema de salud mental. Nueva York, por su parte, promulgó una ley estatal de emergencia que -entre otros aspectos- busca regular la emisión de licencias (incluyendo revisión de las redes sociales de los solicitantes) y prohibir el porte de armas en espacios públicos ‘sensitivos’ como Times Square, el sistema de metro, universidades, escuelas, teatros, estadios, museos, entre otros. Es previsible que esta ley también llegue a la Suprema Corte de EE.UU.