La pedagogía cívica de los juristas y profesores de Derecho Constitucional es esencial para la conciencia de las élites y para la defensa ciudadana de las constituciones.
Una Constitución ignorada por los ciudadanos y cuyo recto cumplimiento no obedezca a un pacto social entre los poderes públicos que la aplican y las élites políticas, intelectuales y económicas está destinada a zozobrar.
¡Las constituciones sucumben cuando el profesorado y los constitucionalistas se mantienen escépticos y no predican sus postulados!
Dos ejemplos de lo precedentemente afirmado son la Constitución de Weimar, de 1919, que creó la República Federal alemana, y la Constitución dominicana de 1963, que instauró la democracia.
Hans Kelsen, el gran mentor y defensor de la Constitución, se encontró con un valladar en el profesorado encabezado por Carl Schmitt y Rudolf Smend, quienes encabezaban una legión de constitucionalistas que defendían una suerte de providencialismo constitucional que dio al traste con esa Constitución y abrió el claro oscuro del advenimiento del nazismo.
Ese grupo de juristas negaba el positivismo de Kelsen y el imperio de la Constitución sobre el gobernante.
De nuestro lado, la Constitución proclamada el 29 de abril de 1963 por Juan Bosch es recordada como una estrella fugaz en el firmamento dominicano.
Esa Carta Fundamental fue el resultado de una de las pocas constituyentes que hemos tenido en nuestra historia y representó el despertar dominicano; contenía un plexo de derechos sociales, civiles y políticos sin precedentes, prohibía la reelección y proclamaba la libertad de religiosa.
En sus primeros artículos se contenían principios fundamentales como la protección de la dignidad humana, la eliminación de los obstáculos que limitaban la igualdad, se procuraba erradicar la mendicidad y los vicios sociales, al tiempo que se concebía la iniciativa privada y el derecho de propiedad al servicio del bienestar del conglomerado.
Empero, la Constitución de Bosch sólo pudo sostenerse cinco meses y no encontró defensores porque chocaba con la ideología de los profesores de Derecho Constitucional de la época, quienes se habían formado en la dictadura de Rafael L. Trujillo; y esencia, esa generación de juristas seguía mirando hacia el pasado.
La Constitución de 1963 sucumbió porque no fue defendida por los juristas y las élites intelectuales de la época que la negaron y se mantuvieron ancladas en el providencialismo del gobernante.
A ese componente hay que sumar que una parte del empresariado criticó la prohibición a extranjeros de adquirir tierras y el clero católico manifestó su oposición a la interpretación que se dio al Concordato.
La sumatoria de todos esos factores llevó a una facción de las Fuerzas Amadas a perpetrar el nefasto golpe de Estado del 25 de septiembre de 1963.