Cinco días han transcurrido desde aquel hecho que arropó, no solo a una familia, sino, a una ciudad, un país, recorriendo cada espacio disponible en las redes sociales.

Todos consternados por el hecho de que el fallecido fue un niño de apenas 12 años de edad, el cual se encontraba en el lugar y la hora no indicada, sin saber que la muerte le esperaba.

El domingo 12 de febrero, mientras el menor Donelly Martínez se encontraba sentado, jugando con su teléfono celular, una bala apagó su vida.

Como dice aquel personaje de Roberto Gómez Bolaños,  ¿Y ahora quién podrá defendernos?

Entendemos que el cuerpo de la Policía Nacional debe proteger al ciudadano, no “matarlo”. Lo grave es que se ha vuelto un hecho común que algún agente dispare contra una persona.

Como dice el artista urbano, Vakeró en su canción “El hombre de gris”.

“En su uniforme tú puedes ver, lo malo que puede ser, y el miedo que provoca, en vez de proteger, me causa estrés, no lo puedo ver, mejor cojo la otra será, para no chocar con él”.

¡Que pague el otro la cuaba!

El conflicto vino por que unos de los agentes policiales violaron el derecho de un ciudadano a disfrutar del ambiente del carnaval, momentos en que este se encontraba escuchando música en la calle Mella esquina avenida Las Carreras, de Santiago de los Caballeros. Y aquí hacemos un aparte:

Ese hombre desconocido no fue quien disparó el arma que mató al menor, fue el cabo Alejandro Castro Cruz, quien privando en “guapo”, decidió llevar en mano su arma de reglamento, según uno de los videos que se hicieron virales.

Esto generó la impotencia del padre del menor padre de la víctima, quien atrapado por la furia del momento se va a las “trompadas” con el agente, sin saber que en la trifulca se dispararía una bala que mataría a su hijo.

¿Culpables?

¿La policía por no respetar el derecho de los ciudadanos?

¿El padre por no obedecer la “orden” de un agente?

¿La sociedad por querer hacer lo que le viene en gana?

Extractos de los reglamentos de anti ruido

Ley 287-04 sobre Prevención, Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos que Producen Contaminación Sonora.

Es prohibida dentro del ámbito de las zonas urbanas de la República Dominicana, y por tanto susceptible de suspensión y de indemnización por daño, la producción de ruidos nocivos o molestos, cualesquiera fuere su origen y el lugar en que se produzcan”, artículo 2.

Normas  ambientales para la protección contra ruidos.

3.5. Diurno: período comprendido entre 7:00 a.m. a 9:00 p.m.

POST EVENTO

Este hecho tocó los sentimientos de los más altos mandos en el país, como el presidente Luis Abinader Corona y la vicepresidenta Raquel Peña. “Que caiga todo el peso de la ley”, expresó la vicemandataria, luego que diera el pésame a los familiares del menor. Y agregó que es una exigencia que también hace el presidente de la República, Luis Abinader y todo el Gobierno.

La cosa no se queda ahí, a raíz del hecho, muchos han aprovechado la coyuntura para demostrar poder e irrespeto a las autoridades, de manera desafiante.

El jueves 16 de febrero cientos de vehículos con equipos de sonidos de “alta gama”, salieron por las calles y avenidas de Santiago a demostrar que ellos pueden tener música en sus vehículos. A estos fanáticos del alto volumen la gente los llama “musicólogos”. No dejan de ser ciudadanos, es cierto, pero esa marcha ruidosa viola la privacidad y tranquilidad de sus semejantes, como lo advierte la ley.

El recorrido tocó puntos como el Palacio de Justicia, ubicado en la avenida 27 de Febrero, con calle E. Guerrero, colindando con la avenida Circunvalación y los sectores de la Joya, Baracoa y gran parte de la zona céntrica, subiendo por la avenida Hermanas Mirabal.

Justicia.

¡A qué le llamamos, “Justicia?” ¿A salir a las calles a quemar neumáticos?

Es cierto que el incidente trágico se originó por una bocina, aun más, fue por el reclamo de un hombre a que se le respeten sus derechos. Hubo uso de fuerza física para reclamar al agente policial.

El niño  Donally Martínez ya no está. Solo nos queda reflexionar.