Lo primero que debo decir es que no se asombren por el título. Estoy consciente que a primera vista causará un gran impacto, por el hecho de que estamos mezclando democracia con dictadura, y máxime que se haga con un régimen de sangre y fuego. Pero la ley es la ley. No es porque yo quiera que un régimen represivo, pero enmarcado constitucionalmente -como una farsa-,  sea o no ente de un sistema democrático. ¡Cosas verdes, Sancho!

Por lo espinoso y hasta la posible temeridad que aparenta el tema, de entrada y fondo, se hace preciso acotar que el ascenso al poder de Rafael Leónidas Trujillo Molina no se hizo propiamente por vía de las armas, sino según dictaba la Constitución del 1924. Además, también bajo la organización de la Junta Central Electoral. Ante de Trujillo, como antesala, es bueno establecer que primero se fijaron las elecciones generales para sábado 15 de marzo del 1924, como acuerdo de la desocupación del norteamericana del 16 al 24, misma que fueron ganadas por Horacio Vásquez, quien posteriormente, por asuntos antagónicos -en especial que tras el escrito del intelectual del momento, Enrique Apolinar Henríquez, publicando la tesis de que Vásquez fue elegido de conformidad con la Constitución del 1908, y que el mandato del presidente era de seis a años y no de cuatro-consideraciones que partían del  criterio que el pueblo lo eligió por seis años,  y no por cuatro años-. Todo lo cual se anidó en los planes continuistas del presidente y los dirigentes del Partido Nacional-quien llevó a Vásquez al poder-, pero luego de la trama, en la que se señala a Trujillo como artífice, el 23 de febrero del 1930, se fragua la conjura en contra de Horacio Vásquez, y el 24 de febrero del mismo año, dicho caudillo, se asilo junto a su esposa, en la Legación Americana, materializándose el golpe de Estado.

Pero bien, en relación a los hechos, la constitución que estaba vigente, al celebrarse las elecciones del 16 de mayo del 1930. (Grullón, Sandino, Historia de la Elecciones en la Republica Dominicana, desde 1913 al 1998, pág. 48), era la que llevó al poder a Horario en 1924, y que se sustentaba en principios democráticos. Pero en adición, ya existía una Junta Central Electoral, -repito-, por lo cual el ascenso al poder de Rafael Leónidas Trujillo Molina, fue legítimo, legal y de corte democrático.

Basta examinar el artículo 1, sección I,  de la Constitución del momento, que definía que, el pueblo de Santo Domingo constituía una nación organizada en Estado libre e independiente, con el nombre de Republica Dominicana. Pero que, y esta parte es sumamente importante precisar, en el art. 2, se establecía que el gobierno dominicano, era esencialmente civil, republicano, democrático y representativo. Y bajo ese esquema de organizó el certamen electoral del 1930.

Y así fue como nació un dictador, bajo la sombrilla de la democracia, y veamos lo establecido en el artículo 2 de dicha constitución, más arriba mencionado-repitiendo- ¨ esencialmente civil, republicano, democrático y representativo¨ Pero para comprender el título, nos permitimos recrear que la Constitución Dominicana, desde 1844 hasta el 2015,-modificada 39 veces- en ese periodo, sin embargo, todas han mantenido ese principio. Para precisarlo mejor, es necesario desde la óptica académica, poner un ejemplo de invariabilidad del credo democrático en que se han montados todos los procesos electorales, incluyendo el de Trujillo. Simplemente, en el artículo 7 de la modificación constitución del 2015,- por ser la más reciente, -no la última- reza; La República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de Republica Unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la reparación e independencia de los poderes. O sea, pin pun, como como se establecía en la Constituciones del 1930 al 1961 y de ahí para acá.

Es decir, en ese pedacito de papel, se montó Balaguer, Guzmán, Jorge Blanco, Hipólito, Leonel, Danilo y Abinader, y nosotros decimos, los que aun aspiran. Es decir, si no se enrola en ese discurso democrático, ipso facto, estaría planteando una dictadura, o régimen de fuerza, que es lo contrario a los principios democráticos, aunque después que se suban al poder-como hizo Trujillo- se establecen otros tipos de dictaduras: De partidos, de gerontocracia, etc. (Y no crean que se me han olvidados), otros caimanes sociales y poderes facticos, que están a borbollones asumiendo democracia, –Desordenadas y apabullantes-

Diríamos nosotros, sin escusas ni dispensas. El Ciclón San Zenón, creó el fantasma del padre de la patria, o lo propio, eso y mucho más, por ejemplo, único, el cliché de nacionalismo, creó el monstruo del padre de la patria y benefactor y padre de la patria nueva. Que se montó en la falsa del sistema democrático, digo…, en la falsa interpretación de la democracia que se ha creído o se ha hecho creer, que es celebrar periódicamente elecciones. Y sea cual sea la carga de manipulación, clientelismo, maniobras de perpetuarse, endiosarse, y asumir títulos imperiales, solo bastó cumplir la forma, O sea, simplemente, soy gobierno porque me eligió el pueblo soberano. Etc. (Y como lo escrito, escrito está en la constitución), solo nos falta recordar como un spot de campaña, ¨¡recogiendo limosnas, no me tumban, que va gallo, que va, no me tumban!, pero, todo a cuenta de la democracia. O sea, sobraban votos, faltaban, mataban candidatos contrarios al régimen, candidatos señalados, endiosamientos y sobre todo, incumplimiento total del credo y esencia de la democracia. Y lo malo es, que aún tenemos grandes ¨intelectuales que estiman que los 30 años, porque primara un proceso electoral, era un régimen democrático. Pero el cliché de gobierno de respeto, de mano dura, de decencia, de macana o sea, de orden y obediencia, hoy día ha vuelto como una añoranza, en vez de dársele banda, y solo meterlo en el zafacón de la historia… Y los que se parezcan posterior a Trujillo, no permitir que suban.

A este esbozo viene bien  recrear el artículo 4 de la constitución del 1955, que como una revisión a las tres que se realizaron en el régimen, prescribió constitucionalmente, que se declaraba que el comunismo, por su  tendencia  atentatoria, contra la soberanía de los Estados y los atributos inherentes a la persona humana, es incompatible con los principios fundamentales reconocidos a esta Constitución, y señores, eso bastó para declarar una dictadura dentro de un sistema, democrático de apariencia y prescripciones legales y constitucionales, de fondo la más férrea dictadura de américa. ¡ la etiqueta de muerte era comunismo!

Ahora bien, cabe decir, Trujillo entró al poder con troche y moche, (RAE, que una cosa se hace en abundancia-aquí yo digo en exceso-,  sin orden, sin medida- nosotros decimos, bajo fuego. (…). En consonancia con lo expuesto, el título II, de la Constitución dicha, planteaba la declaración  de los Derechos Humanos. Pero, más, y no creas que estamos hablando de un cuento de Hadas, en este artículo. En el  gobierno de Trujillo, se prescribió que se reconocía que la finalidad principal del Estado, era; la protección efectiva de los derechos de la persona humana y Ia creación y mantenimiento de las medidas que Ies permitan perfeccionarse progresivamente dentro de un orden de libertad individual y de justicia social, compatible con el orden púbico, e1 bienestar general y los derechos de todos.

Para garantizar la realización de esos fines se fijan las siguientes normas: 1.- La inviolabilidad de la vida. No puede  establecerse la pena de muerte y  otra cualquiera que implique perdida de la integridad física del individuo. La ley podrá sin embargo establecer la pena de muerte (etc, etc). Es decir, derechos fundamentales.  Y por poner una paradoja,  un gobierno que firma el concordato con la iglesia, no podía sustentar la  libertad de conciencia y de cultos. (…), no era verdad que podía escribir estos desafueros en su constitución.

Ahora, aunque los elementos constitutivos de la democracia son:-algunos-,  libertad, equidad, participación, integridad, inviolabilidad de la vida, relevo, etc, el régimen de Trujillo gobernó en un sistema democrático desde la óptica constitucional- pero cercenó  el disenso, la honestidad y sobre todo, truncó desarrollar una democracia ampliada. Dicho régimen, además, de conculcar los derechos civiles, políticos y electorales –grandes fraudes-, como dice el refrán, sabia a cuaba, pero era jabón.  Era criminal, sin embargo, desde la Constitución Dominicana, demócrata a carta cabal. Aunque fuera el poder, detrás del telón,-como caudillo-, en los siete periodos que se celebraron elecciones en su dictadura, (1930 al 1960), Trujillo era un instrumento de la falsa democracia.

Y la paradoja fue, que en plena democracia tuvimos el más grande sátrapa de América, una dictadura sin ejemplo iba a elecciones como si nada hubiera hecho o pasado simplemente a renovar el poder. Y lo propio apunta en América, en nombre de la falsa democrática electoral, tenemos gobiernos que conculcan todos los derechos humanos. Y como dice el dicho popular, y aquí lo adapto, era un demócrata de la secreta. Y aunque aparente o se venda como democracia,  en el fondo resulta dictadura, porque lo que hace es solo utilizar el sistema electoral como escudo del atrape del libre albedrío y la declaración de los derechos humanos universales. No cabe duda, solo una diferencia, una cosa es ser verdugo de la democracia, que ser un democracia. ¡Arriba el telón, y que se sincericen las democracias en el más  amplio sentido de la palabra, no falsa democracia, como la dictadura de Trujillo, que solo era muerte, terror y autoritarismo!