A propósito del conocido caso de la OMSA, en la madrugada del pasado martes 9 de septiembre el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, integrado por las juezas Claribel Nivar Arias, Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo, condenaron a 20 años de prisión a Argenis Contreras por el homicidio del abogado y profesor universitario Junior Ramírez y a 1 año de prisión al coronel Faustino Rosario por haber realizado actuaciones contrarias a sus funciones como exgerente financiero de la OMSA. Además de descargar a los otros acusados de homicidio, dichas juezas descargaron de la acusación de corrupción al Ing. Manuel Antonio Rivas.
Es natural que cuando se producen sentencias de casos que han merecido tanta atención pública, como este, surjan voces divergentes. Unos la valoran como el resultado de un ejercicio propio de juezas que solo obedecen al mandato de la ley. Otros, por el contrario, muchas veces ignorando o dejando de lado lo que ha ocurrido en el juicio, critican severa y hasta descarnadamente a quienes han emitido la decisión, sin parar mientes en las consecuencias que en el orden institucional producen tales desconsideradas y desmedidas reacciones.
De hecho, algunos acuden a calificativos inmisericordes, indebidos, inmerecidos, descompuestos y desaforados. Solo porque la decisión no fue favorable a sus intereses, como parte de un proceso litigioso, en el que hay ganadores y perdedores; pero en el que debe salir airosa la justicia, cuyos fines se cumplen sujetándose los jueces únicamente al imperio del derecho.
Es lo que ha ocurrido con la directora de persecución del Ministerio Público, quien en el contexto de la referida sentencia del denominado caso OMSA ha afirmado que la jurisprudencia de la corrupción es vergonzosa, indignante, parcial, ilógica, contradictoria, servil, deficiente, errónea y, además, que es increíble cómo la mayoría de los tribunales varían sus criterios exclusivamente para favorecer corruptos y casos de crimen organizado.
No pretendo entrar en un match con una persona que, como Yeni Berenice Reynoso, tiene la firme convicción de actuar correctamente y de estar respondiendo dignamente a sus obligaciones, cosa que no pongo en dudas, pues compromiso ético, aptitudes profesionales y experiencia creo que le sobran. Tampoco tengo el propósito en esta entrega, por ser abogado del Ing. Rivas, de defender a las magistradas de la citada sentencia y granjearme su beneplácito, primero, por su autenticidad y sus altas condiciones morales y profesionales, por lo que no necesitan que nadie las abrume de alabanzas; segundo, porque si procurara un respaldo frente a cualquier recurso, ya estas juezas se desapoderaron del caso con su sentencia; y, tercero porque lo único que he querido y propiciado siempre es que tengamos jueces capaces de aplicar el derecho, basándose en los hechos de cada caso en concreto, que no cedan al miedo a desagradar, ni al deseo de agradar a todas las formas del poder, ya sea el ejecutivo, el congresual, el político, el jerárquico, el económico, el mediático o el ejercicio de la opinión pública, esto último contenido en la Declaración de Londres.
Sin conocerla antes, personalmente, ni haber litigado frente a la jueza a la que me voy a referir más adelante, el 14 de noviembre de 2009 escribí para el periódico Hoy un artículo titulado “La cabeza de una juez o el precio de la ineficiencia”.
Lo reproduciré para responder a quienes entiendan, erróneamente, que mis luchas institucionales, los escritos y pronunciamientos públicos en defensa de la labor de los jueces, cuando la realizan conforme al ordenamiento jurídico, sin miramientos de notoriedad o no del caso a su cargo, son la expresión de mi creencia de que las libertades individuales, los derechos colectivos y la eficiencia del sistema judicial, concurriendo con las garantías debidas a los demandantes, querellantes, víctimas, imputados, acusados y condenados, deben estar en manos de jueces y fiscales que vivan en democracia y ciudadanía responsables, que es vivir en derecho, para el beneficio de todos, sin excepción. He defendido incluso jueces que me han dado decisiones en contra, pues si difiero de sus criterios recurro sus sentencias; pero si no tengo base para cuestionar sus actuaciones en el ámbito personal y moral como su ejercicio como juez y lo considero ducho, experimentado y cumplidor de su deber, no puedo acudir a denuestos, insultos y ofensas en contra de quien imparte justicia conforme a derecho.
Las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Claribel Nivar Arias, Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo, han dado cientos y cientos de decisiones y las referencias que siempre he tenido de ellas, además de ser testigo de excepción de sus actuaciones, es que reúnen las mejores condiciones para ganarse el título de verdaderas juezas.
Las magistradas Nivar, Soto y Castillo tienen personalidad y saben combinar la cortesía y la afabilidad, con la templanza y la paciencia necesarias para dirigir las audiencias, frente a abogados que muchas veces nos excedemos. Han demostrado tener capacidad de comunicarse con los abogados, testigos y partes con calma y cortesía y se manifiestan siempre dispuestas a escuchar y considerar todo cuanto se controvierte. Pero son juezas firmes cuando se precisa llamar la atención a un abogado, miembros del Ministerio Público, litigantes irrespetuosos o espectadores ingobernables, con la debida calma y autoridad.
Son juezas capaces, insobornables, respetables, honradas, íntegras, experimentadas, éticamente incuestionables, certeras en sus decisiones. Sus sentencias son debidamente motivadas, en hecho y derecho, y responden a las exigencias de la ley, la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos de los que somos signatarios. Además, condenan con pruebas que pasan el tamiz de la duda razonable y descargan cuando el acerbo probatorio del Ministerio Público no supera el estándar exigido por la norma.
En suma, Claribel Nival Arias, Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo son juezas imparciales porque son independientes, dignifican la toga y constituyen verdaderas joyas de la corona del sistema judicial. Como recientemente un cliente mío fue favorecido con un descargo producido por ellas, sujetándose únicamente al derecho, como lo indicaron al motivar su sentencia, además de ser el fiel espejo y resultado del juicio, me adelanto a responder a quienes, no se si por espectacularidad mediática, como han indicado algunos, o por razones desconocidas, acusan a estas decorosas juezas hasta de ser serviles, indignas y de ser vergüenza para el sistema judicial.
Son acusaciones graves y peligrosas que aún no han merecido, que yo sepa, la respuesta del presidente de la Suprema Corte de Justicia, del Colegio de Abogados de la República Dominicana ni de los gremios que agrupan a los jueces dominicanos, como sí lo han hecho otros muchos integrantes de la comunidad jurídica y de la sociedad.
La repetición del artículo aludido la haré como si fuera para las juezas y como si aún no las conociera personalmente; pero cuyas referencias de reciedumbre ética, profesionalidad acrisolada en el estudio y la experiencia ya tenía de ellas, cambiando el lector lo que deba cambiar, teniendo como base el artículo que escribí hace casi 13 años, no teniendo en ese momento ningún caso relevante como defensa, por lo menos para el gran público; sino, por el contrario, casos en representación del Estado, esto es de la sociedad, que tantos defienden desde las gradas; pero que no han pagado el precio de su defensa durante toda la vida.
“Por haber dispuesto la libertad de Sobeida Félix, medida de coerción prevista en la ley, algunos sectores, sobre todo del gobierno y del ministerio público, están pidiendo la cabeza de la Juez Rosanna Vásquez, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional. Para requerimientos como éste debe comprobarse que ella ha cometido actos indebidos. Me niego a creer que esa juez haya actuado por razones ajenas a las que le dictaron su convicción.
“Al variar la medida de coerción, de prisión provisional, a la presentación de una garantía económica por 5 millones de pesos y a la presentación periódica por ante el Fiscal del Distrito Nacional, la juez Rosanna Vásquez lo que hizo fue hacer uso del menú que ofrece el Código Procesal Penal en su artículo 226. Asimismo, para decidir en torno al peligro de fuga de dicha imputada, tuvo en cuenta circunstancias previstas en el artículo 229 del mismo instrumento normativo: arraigo en el país, determinado en su caso por el núcleo familiar, pues tiene dos hijos de 4 y 9 años, por un lado, y en segundo lugar por tener domicilio conocido en el país.
“Se podría afirmar, no sin mucha razón, que la juez, al momento de deliberar, debió tomar en cuenta también la pena imponible en caso de condena, que, por tratarse de lavado de activos y posiblemente agravado, por la presumible participación de grupos criminales organizados y por posiblemente haberse cometido el delito en asociación de dos o más personas, podría alcanzar la pena de reclusión de hasta 20 años. Igualmente se puede argumentar que el daño a resarcir es de singular importancia.
“Pero de ahí a querer crucificar a una magistrada, que, por su recia formación, su integridad y desempeño responde al perfil del juez que merece el respeto de toda la ciudadanía, hay mucha distancia. Ella tomó una decisión, no para ser graciosa con el ministerio público, ni con las agencias del Estado encargadas de la lucha -por demás sesgada- contra el narcotráfico y sus derivados, como el lavado de activos, sino que tiene fundamento en diversas normas de derecho.
“En lo particular pienso que el escándalo creado alrededor de este caso es una clara manifestación del solapamiento de la verdad que se esconde tras el ataque velado y despiadado para el Poder Judicial por parte de las agencias del Estado llamadas a evitar la fuga de quienes estén siendo sindicados de hechos como el atribuido a Sobeida Félix.
“La verdad que parece siempre estar detrás de todo esto es la incapacidad, la complicidad y la ineficacia de importantes agentes del Estado, que no pierden ninguna oportunidad para que la humareda siga tapando el fuego intenso de corrupción vergonzosa que permite que la delincuencia organizada tenga la bendición de muchos de los que están llamados a evitar que esos males se propaguen como la verdolaga, en nuestro país.
“Es más fácil, como siempre, atribuir y pedir la cabeza de jueces que, como Rosanna Vásquez, lo que hacen es aplicar la norma vigente, dando razones, argumentos y fundamentos suficientes en las decisiones tomadas. Yo quisiera escuchar a esas agencias del Estado, que ahora están tan preocupadas por la evasión de la justicia de una imputada de lavado de activos, alarmadas por el antro de corrupción que, cual monstruo de siete cabezas, expande sus fauces, por muchos de los estamentos del Estado. Quisiera verlas investigando, acusando y procurando sanción contra los que están por detrás de Sobeida Félix y sus conmilitones, facilitando, procurando, repartiendo, colaborando, abriendo puertas y cielos, por paga, para que los lavadores y narcotraficantes puedan realizar a sus anchas sus actividades delincuenciales. Espero ver a todas esas agencias escandalizadas por el rendimiento que tienen los salarios de los funcionarios públicos que, al parecer, se multiplican como el milagro de los panes y de los peces.
“Jueces que al tomar sus decisiones actúen con independencia, sin miedo, con firmeza, que no muestren señales de genuflexión, arrodillamiento, abyección, servilismo y humillación, que no atiendan los reclamos de crucifixión anticipada, que no se arredren más que ante el cumplimiento cabal de su deber y de las normas, que no miren para la acera del frente (Poder Legislativo o Poder Ejecutivo y sus instituciones) o la de arriba (Suprema Corte de Justicia), Jueces dignos, aptos y probos, como la juez Rosanna Vásquez, son los que necesitamos para poder seguir creciendo y madurando como país.
“Nunca antes he visto tanta preocupación por parte de las agencias de seguridad del Estado que quieren tapar su ineficiencia desviando la atención hacia el litoral de una juez de la instrucción que lo ha hecho es cumplir con el mandato de la ley.
“No tengo la oportunidad de ser amigo de la magistrada Rosanna Vásquez, pero defiendo su actuación. Le pido que no se amilane ante la fuerza de la opinión interesada de tantos que pretenden crear una opinión pública inexistente o que se disfraza de opinión pública, pero que pretende sean tapados quienes patrocinan y apoyan, por pingües beneficios particulares, sus actuaciones y complicidades insanas. Aquí mucha gente sabe que es lo que se quiere esconder con estos humos de intolerancia.
“No nos chupamos el caramelo. Estamos muy, pero muy claros”. Hasta aquí el texto de mi artículo de 2009.
Podría acudir a otros artículos y a muchos pronunciamientos públicos con los que siempre he pretendido contribuir al fortalecimiento del sistema judicial y las instituciones democráticas en sentido general. Pero los hechos están dados. Son décadas de trabajo por la reforma, el fortalecimiento y la consolidación del sistema judicial en cada uno de sus componentes, pues estoy consciente de que sin jueces del Poder Judicial y de los órganos extrapoderes y un Ministerio Público sólidos, independientes, imparciales, objetivos y solo sujeto a la Constitución y las leyes no hay garantía para la vigencia del Estado constitucional y democrático de derecho.
Expresiones y actitudes lejanas al ataque civilizado de las decisiones desfavorables, zaheriendo y dañando a juezas que han cumplido su papel digna y honrosamente no contribuyen a la solidificación del sistema judicial.
Juezas como Claribel Nivar Arias, Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo, verdaderas servidoras públicas, sin ruidos, sin lujos, sin poses, humanas; pero recias en la aplicación de la ley y la Constitución, solo dictan sus sentencias obedeciendo si y solo sí las normas de nuestro ordenamiento jurídico, base esencial de nuestro Estado de Derecho.
Arias, Soto y Castillo son juezas y como ellas hay otros y otras que constituyen el paradigma del buen juez y que están solo guiadas por los principios de la ética judicial, la prudencia, pues ahondan en su relación al derecho, a lo justo concreto y que se legitiman en la Constitución y en las leyes y no en su propia o exacerbada autoridad, la autoridad propia del jurisprudente.