A propósito de la próxima elección de jueces y juezas que habrán de sustituir a cinco honorables jueces que concluyen su período para el cual fueron elegidos en el Tribunal Constitucional Dominicano, resulta importante realizar algunas reflexiones sobre el impacto que pueda tener la ideología de los aspirantes a ser miembros de esta Alta Corte.
El profesor Santiago Nieto Castillo[1], considera que todo proceso que esté relacionado con la creación de normas, la aplicación de estas a casos concretos, con la enseñanza y la investigación jurídica, posee “una profunda carga ideológica”.
La ideología, es entonces, el conjunto de creencias, puntos de vista, valores del individuo que, en el caso de los juristas (abogados, jueces, doctrinarios), es susceptible de impactar en la forma de interpretar y aplicar la normas y de concebir el derecho.
El tema de la ideología del sujeto cobra especial importancia cuando se habla de los jueces que a cargo de interpretar el orden Constitucional tal como el Tribunal Constitucional.
Por ejemplo, en los Estados Unidos existe la posibilidad del veto u objeción ideológica, en la elección de jueces de Altas Cortes, como se denomina a los tribunales de mayor relevancia. Pero, aun en este país, este veto ha sido objeto de importantes críticas, entre las que se destacan: a) el hecho de que las opiniones externadas en la vida privada de los candidatos sobre ciertos temas se tergiversan y se exteriorizan, provocando así la perversión de la demanda ideológica; b) El problema del veto ideológico y las colisiones con la igualdad, libertad ideológica y religiosa[2].
En el caso de la República dominicana cuando se analizan los requisitos para ser candidato para conformar el Tribunal Constitucional contenidos en los artículos 187 de la Constitución de la República y artículo 25 del Reglamento 1-17 para la aplicación de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, se limitan a aspectos formales y de experiencia, probidad, entre otros, en los cuales la ideología del candidato no constituye posibilidad de veto o limitación de acceso al cargo por parte del Consejo Nacional de la Magistratura, organismo Constitucional a cargo de la selección de los Jueces del Tribunal Constitucional.
Sobre este tema para el actual presidente del Tribunal Constitucional en sus trascendentales intervenciones “Lo importante de la ideología es la independencia judicial en el ejercicio de la labor del juez del TC, a lo interno y externo del organismo”, destacando la necesidad de “vivir en Constitución”, es decir de que “todos los ciudadanos y ciudadanas deben hacer un esfuerzo por conocer la Constitución y vivirla”. [3] Ciertamente que este accionar es lo que legitima la labor independiente y responsable del juez.
El impacto de la ideología en la elección del juez o jueza constitucional puede ser analizado desde la perspectiva de la necesidad de diversidad ideológica a lo interno de esta Alta Corte, pero sin que esta choque con los fines, valores y principios de la Constitución de la República.
En suma, existe la necesidad de diversidad ideológica, tomando en cuenta la trascendencia de los casos que son apoderados al Tribunal Constitucional. Eso enriquece y legitima la función de este alto organismo, siempre que prevalezca como resultado del debate de las ideas de sus miembros, el orden constitucional y garantía de los derechos fundamentales.
[1] Nieto Castillo, Santiago, Metodología e ideología en el derecho sobre la influencia de la ideología en los ámbitos de aplicación del derecho. Publicado en Revista virtual Instituto de investigaciones jurídicas unam. www.jurídicasunam.mx. http://bibliojurídicas unam.mx/libros/5/2406/22.pdf. p. 387.
[2] Ibídem, p. 380.