El día 15 de octubre concurrí antes la honorable Comisión de Senadoras y Senadores para la entrevista a los postulantes para miembro de Junta Central Electoral, en la misma abordé dos líneas fundamentales: El Registro Civil y el Sistema Electoral. Las reformas electorales que habrán de implementarse como resultado de la unificación de las elecciones, fruto de la modificación Constitucional número 40 en nuestra vida republicana. En la presente entrega abordaré el tema del registro civil dominicano, y lo que considero una necesaria transformación hacia la digitalización de los procesos en líneas.
Algunos pensarán que estamos frente a utopías, imposible de realizar, debido a que están anclado en el pasado; ven con lejanía los cambios, sin embargo, están presentes actualmente; por lo tanto, inicio con presentar en nuestra propia región algunos de los sistemas de registro civil más avanzados que aplican lo que estamos proponiendo para el próximo cuatrienio 2024-2028.
En América Latina, algunos países se destacan por tener sistemas de registro civil más avanzados y eficientes. Aquí tienes algunos ejemplos: Brasil tiene un sistema de registro civil muy desarrollado y digitalizado, que facilita el acceso a servicios públicos, los argentinos también cuentan con registro civil y digitalización de servicios en línea; los chilenos tienen los servicios en línea enfocado al tema de seguridad y la preservación personal de los datos y los colombianos un poco más cercanos a nosotros, han implementado tecnologías avanzadas para mejorar la gestión de registros civiles.
Por consiguiente la propuesta formulada en la entrevista para desarrollar una aplicación para las solicitudes de actas y pagos en línea, de forma que el ciudadano solo pase retirar el acta por la oficialía, esto evita la pérdida de tiempo, estimula en ahorro, disminuyendo costo para los usuarios. Cuando implique el cambio de datos mayores la solicitud deberá hacerse por ante la oficialía. Esto permite determinar la etapa y el proceso del expediente en el área del Registro Civil.
Resalta la propuesta para desarrollar el Sistema de Expediente Único, el cual consiste en que una solicitud realizada por ante cualquier oficialías, pueda ser verificada por el ciudadano, porque tiene asignado un número único. Esto permite determinar la etapa y el proceso del expediente en el área del Registro Civil. La información del ciudadano, con un solo archivo digitalizado que contiene un número único de expediente.
Entre los beneficios están facilita el acceso a la información y mejora la comunicación entre los departamentos y otras instituciones del Estado. Tiene mayor seguridad porque reduce el riesgo de extravío de documentos y mejora la protección de la información personal. Genera agilidad en trámites debido a que simplifica los procesos administrativos al centralizar la información, lo que ahorra tiempo y recursos.
Contiene e otros beneficios, por ejemplo un solicitante de Santiago, San Juan de la Maguana, Provincia de Santo Domingo o Samaná, no tiene que ver a la capital procura una información a treves del número codificado del expediente se puede visualizar desde las oficialías o los centros de servicios. Esto implica ahorras de recursos montería y tiempo para los usuarios. Mejora la aplicación del principio de transparencia, evitando que expediente que puede ser resueltos en tres meses, duren más de lo debido y otros ingresan recientemente reciben un atenta solución.
Estos sistemas digitales facilitan el acceso a los servicios de registro civil, mejoran la eficiencia y reducen la necesidad de trámites presenciales, un ejemplo de portal Web de estos servicios es por ejemplo Colombia: https://www.registraduria.gov.co/
Para hacer efectiva la aplicación en línea que propuse la necesario la transformación del Departamento de Inspectoría, cambiando hacia una visión de innovación gerencial, de forma que tengan las tecnologías apropias y la logística presupuestada. Planteo hacer esencial énfasis en la supervisión constantes de las oficiales y delegaciones en materia del Libro de Extranjería. Rindiendo un informe trimestral del comportamiento de estos registros y la estadística vital.
Es necesario profundizar el desarrollar de las competencias de investigación del Departamento de Inspectoría, y elevar su calidad estandarizada con la ISO 9001 es la norma de gestión de calidad.
Es necesario declarar de urgencia la aprobación del Reglamento de la Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil, NÚM. 4-23 para unificar los criterios de evaluación de los expedientes, reduciendo la discrecionalidad de los actores del proceso en la toma decisión.
Para transformar el registro civil es necesario a través del Instituto Especializado en Educación Superior del Registro Civil y Formación Electoral, apoyar la implantación de la Licenciatura en Materia de Registro Civil, aprobada por el MECYST, para desarrollar la capacitación acorde con los nuevos requerimientos del registro civil Ley 4-23, reglamentacion y las aplicación de las nuevas tecnologías.