La creación de un fondo para emergencias climáticas es una decisión inteligente tomada el señor presidente de la República, un paso necesario para el país. Nuestra gente, al igual que las de otras naciones insulares, están amenazadas por los efectos del cambio climático. Que el poder ejecutivo, principal tomador de decisiones, adopte medidas para responder a las ocurrencias climáticas, es positivo.
Ese fondo debe contribuir al incremento de la inversión para afrontar las consecuencias de la exposición a los efectos del cambio climático. Y tiene que ser de ese modo por lo que plantean los estudios técnicos y científicos de que las temporadas de huracanes y sequias se podrían presentar en cualquier época del año.
Por ejemplo, el Índice de Vulnerabilidad y Adaptación al Cambio Climático en la Región de América Latina (2010), reveló que República dominicana se encontraba en el puesto número cinco de los países que tienen un riesgo extremo por los efectos de la variación climática, al igual que Haití, Guatemala, El Salvador y Honduras, naciones que sentirían la variación del clima manifestada en mucha, poca o nada de lluvias.
Pero más reciente aún, el Índice Mundial de Riesgos reportó en el 2021 que nuestro país, ubicado en La Española, ocupa un puesto de peligro importante dentro de los 181 países que sentirán con mayor intensidad el riesgo climático. En adición, los estudios resaltan también que la ubicación geográfica y los aspectos sociales y económicos profundizarían la pobreza de miles de personas si el clima cambia (Índice Mundial de Riesgos, 2021).
Las investigaciones dejan claro que, para enfrentar la variación del sistema climático, es preciso poner en marcha cuantas acciones creativas y financieras sean necesarias para reducir los gases de efecto de invernadero. Lo mismo para la implementación de las medidas de adaptación de forma eficaz.
Abrir un fondo de emergencias climáticas para el país es un esfuerzo serio que busca aportar a una cuestión muy delicada que nos está quitando vidas y medios de producción cada año. Si de la misma manera miráramos hacia la gestión integral del riesgo de desastres, destinando fondos para la educación y formación de los ciudadanos(as), avanzaríamos un poco más.
Desconozco el alcance del fondo de emergencias climáticas, no obstante, la diferencia que entiendo tiene este con el de gestión integral del riesgo desastres es que responde a los impactos del fenómeno, atiende a poblaciones afectadas y reconstruye infraestructuras de servicios impactadas; mientras que el de gestión de riesgo invierte en la educación de la población en sentido general, entre otras cosas.
El art. 20 de la Ley 147-02, sobre Gestión de Riesgos de Desastres, establece el Fondo Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta ante Desastres. El objeto de este fondo es “captar y administrar asignaciones del presupuesto nacional, contribuciones y aportes financieros, para tomar medidas de reducción de riesgos o para prestar a la población asistencia y rehabilitación cuando se produzcan desastres” (Ley 147-02).
Reducir el riesgo implica gestionarlo de forma integral y tiene que ver con la “planeación y aplicación de medidas orientadas a impedir o reducir los efectos adversos de eventos peligrosos sobre la población, los bienes, servicios y el medio ambiente. Acciones integradas de prevención, mitigación de desastres y preparación para la atención y recuperación de la población potencialmente afectada” (Ley 147-02, art. 4).
Tanto las emergencias del cambio climático y la gestión integral del riesgo de desastres necesitan de una partida de los fondos que se direccionen como inversión en la educación de la población. Es una de las prioridades del marco de Sendai para la reducción del riesgo de desastres (2015-2030), el cual establece en una de sus prioridades comprender el riesgo de desastres.
Numerosas recomendaciones para hacer frente al cambio climático y los riesgos de desastres orientan sobre la importancia de las inversiones específicas en la esfera de la gestión correctiva del riesgo. Ojalá que, en el futuro cercano, el Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta y la Comisión Nacional de Emergencias disponga de un fondo que le permitan educar a la población para que haga conciencia y adopte un comportamiento distinto frente a los fenómenos de lluvias y de otros tipos.