En más de una década que lleva de instaurado el sistema de carrera del Ministerio Publico ha sucedido una serie de irregularidades institucionales que en ocasiones surgen como consecuencia inevitable de la falta de una adecuada reglamentación y en otras como resultado de intereses evidentemente políticos. Una de esas irregularidades tiene que ver con el sistema de ascensos que rige la carrera, el cual se ha llevado a cabo con poca transparencia y con una alta carga del factor interés. Para hacer acopio de la emblemática frase DE AQUELLOS POLVOS, ESTOS LODOS, afirmamos que de aquel desorden estas irregularidades, que mantiene un inaceptable estado de cosas que nos lleva a deplorar las condiciones calamitosas que sobreviven a la función del fiscal.

Increíblemente, en el MP no solo no se irrespeta el orden jerárquico de la carrera, pues vemos Procuradores de Corte como titulares de Procuradurías Fiscales, o Procuradores Fiscales adscritos a fiscalías comunitarias, sino que también se ha quebrantado, siempre, el orden debido de los ascensos a lo interno de la carrera. Hoy día, habiendo una matrícula de poco más de 400 fiscalizadores, de los cuales más del 95% de ellos hacen las funciones de un procurador fiscal sin recibir al menos un incentivo de compensación, se ha revelado a lo interno de la institución la necesidad de solo 90 plazas para ascenso. Aquella cantidad, según se ha explicado, obedece a la necesidad que tiene la institución de procuradores fiscales, planteamiento que contraviene por completo una realidad de hecho: Casi todos los fiscalizadores hacen de hecho las funciones de su renglón posterior.

Un ascenso del fiscalizador no representa para la institución otra cosa que no sea un cambio en la destinación presupuestaria, ya que el fiscalizador que fuese beneficiado por un ascenso nominal se mantendría haciendo exactamente lo mismo, pero por un salario distinto. De ahí que se presuma que la llamada necesidad institucional para justificar solo 90 plazas es irreal, ya que todos los fiscalizadores hacen el mismo trabajo del Procurador Fiscal sosteniendo así, en gran medida, a las fiscalías. Bien le llamaba a ese estado de cosas el compañero fiscalizador adscrito a la jurisdicción de La Vega, Juan Ramón Martínez, La explotación laboral del fiscalizador, refiriéndose precisamente a una situación que disocia las reales competencias del fiscalizador de lo que realmente ocurre, generándose con ello un clima profesional de sobrecarga laboral sin un sistema de compensación justo.

A la fecha, después de tener una matrícula de más del 50% de los fiscalizadores habilitados conforme a la ley para ascender y teniendo la institución un largo precedente de ascensos efectuados a pura resolución, la Dirección General de Carrera ha propuesto un Concurso para someter a dichos fiscalizadores a distintas pruebas a fin de medir sus capacidades. La simple propuesta ha ofendido a la comunidad de fiscalizadores, y con justa razón, pues no se explica cómo después de haber demostrado en hechos las capacidades laborales tengan ahora los fiscalizadores que ser sometidos a unas bases eventuales que no se corresponden al menos a los criterios de objetividad. El problema ante dicha propuesta no es solo la propuesta en sí, sino la intención implícita de su aprobación revelada tras la publicación de la resolución No. 004-2023.

Entendemos que el intento de institucionalizar un procedimiento interno para ascensos sobre la base de unos criterios que se corresponden a un proceso externo de oposición, no solo desconoce el espíritu de la ley 133-11 al establecer los criterios para las promociones internas, sino que también promueve la implementación de un obstáculo más para el desarrollo profesional de los fiscalizadores e incluso, de los mismos Procuradores Fiscales.