En jurisdicciones con un mercado de valores desarrollado y con un régimen de oferta pública fortalecido y comúnmente utilizado, no es inusual que los mecanismos de compensación de los ejecutivos de una empresa o sociedad incluyan la posibilidad de adquirir acciones dentro de la misma.

Como parte de un esquema de incentivos que logre alinear los intereses de los accionistas (shareholders) y los ejecutivos (management) de la empresa, resulta común la utilización de un “stock option plan”. A nivel general, dicho plan consiste en que la sociedad otorga a un determinado empleado (usualmente ejecutivo) la opción de adquirir acciones de la empresa en el futuro a un precio predeterminado (usualmente inferior al precio de la acción proyectado en el futuro), sujeto a distintas condiciones, habitualmente relacionadas al desenvolvimiento exitoso de la empresa.

De esta forma, la sociedad busca incentivar a los ejecutivos a que actúen en beneficio de la empresa, garantizando el rendimiento de los accionistas, mientras que los ejecutivos a la vez son compensados por medio de la posibilidad de ejercer la opción de compra de acciones de la empresa a descuento, concluyendo en una situación win-win tanto para los accionistas como para los ejecutivos.

La utilización del stock option plan, en jurisdicciones como Estados Unidos, es bastante común debido a la fortaleza del mercado de valores y a la gran cantidad de empresas que han colocado sus acciones en oferta pública. Tanto el público en general como las compañías están acostumbrados a la naturaleza pública de las empresas y a las bondades de la utilización de la figura del stock option plan. Por tanto, culturalmente aceptan esta noción y los paquetes de compensación suelen incluirla.

En la República Dominicana, se han estado tomando pasos importantes para el desarrollo del mercado de valores. Recientemente, vimos a la primera empresa que colocó acciones en oferta pública (o initial public offeringIPO”). Si bien recientemente tuvimos nuestro primer IPO, esto implica que el resto de las empresas son de naturaleza privada.

En jurisdicciones con mercados de valores en vías de desarrollo, la regla general no necesariamente es acudir a la figura del stock option plan como parte de un esquema de compensación, pues la mayoría de los accionistas de empresas privadas pudieran verse inclinados a (i) no diluir su control accionario en la empresa o brindar espacio accionario a terceros; (ii) no proporcionar información sensible; o (iii) no compartir la posibilidad de toma de decisiones, al ofrecerle la compra de acciones a sus empleados o ejecutivos.

Culturalmente, el hecho de que en la República Dominicana las empresas sean de naturaleza privada y, en parte, familiares, incide en que el hecho de incluir como accionistas a terceros involucrados en cargos de alta relevancia dentro de las empresas no necesariamente sea visto como la primera opción al momento de estructurar un plan de compensación en favor de los ejecutivos. Naturalmente, pudiesen existir casos de excepción en los que se visualicen la utilización del stock option plan como mecanismo de compensación en empresas privadas.

El hecho de que contemos con el primer IPO o primera colocación de oferta pública en la República Dominicana implica que se están abriendo las puertas a un mercado de valores prometedor, el cual podrá impactar en la cultura del ciudadano dominicano, abriendo espacios a nuevos esquemas de titularidad de acciones bajo el régimen de oferta pública como alternativa al sistema de titularidad bajo empresa privada.

De igual forma, dicha modalidad podrá motivar a que se utilicen mecanismos de compensación para los ejecutivos que los incentive a alinear estrategias a corto, mediano y largo plazo con los accionistas de la empresa, como el stock option plan.

El hecho de que una empresa de naturaleza pública utilice la figura del stock option plan pudiese neutralizar gran parte de los riesgos mencionados que se pueden visualizar en empresas de naturaleza privada, debido a que (i) se elimina la inquietud de brindar espacio accionario a terceros, pues la misma estructura implica que la empresa está preparada para que el público sea accionista; (ii) las empresas que forman parte del mercado de valores se someten a un régimen de publicación de información relevante (mandatory disclosures), lo cual pudiese eliminar la inquietud de compartir información sensible con nuevos accionistas; y (iii) el consejo de administración mantiene la administración de la empresa, por lo que la compra y venta de acciones no necesariamente impacta la toma de decisiones vis-à-vis la administración ordinaria de la empresa.

De lo anterior podemos deducir que, en la medida en que el mercado de valores dominicano se siga desarrollando, la tendencia es que cada vez resulte más usual referirnos a la figura del stock option plan en el momento en que una empresa se enfoque en estructurar un plan de compensación efectivo para captar o retener talentos en su equipo ejecutivo.