Para entender el Gobierno Electrónico debemos adentrarnos en el movimiento mundial de la Sociedad de la Información, entendiendo, entre otros significados, aquellos en los cuales los distintos medios tecnológicos inciden en el desarrollo de la vida cotidiana.

 

La República Dominicana ha dado una serie de pasos para cumplir con los acuerdos suscritos en el seno de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a fin de reducir la brecha digital, que consiste en la diferencia de acceso al conocimiento, la información y la tecnología que existe entre personas con mayores oportunidades y quienes apenas pueden subsistir.

 

En ese sentido, el Gobierno Electrónico o el e-Gobierno es el conjunto de iniciativas del Estado encaminadas a implementar el uso intensivo de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en las actividades públicas, para producir cambios y propiciar una sociedad más justa.

 

En términos legales, la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública establece, en su artículo 5, lo siguiente: “Se dispone la información y la incorporación al sistema de comunicación por Internet o a cualquier otro sistema similar que en el futuro se establezca, de todos los organismos públicos, centralizados o descentralizados del Estado, incluyendo el Distrito Nacional y los municipios, con la finalidad de garantizar, a través de este, un acceso directo del público a la información del Estado.

 

 

La Ley prevé que todos los poderes y organismos del Estado deberán instrumentar la publicación de sus respectivas “Páginas Web” a los siguientes fines: i) Difusión de información: estructura, integrantes, normativas de funcionamiento, proyectos, informes de gestión, bases de datos; ii) centro de intercambio y atención al cliente o usuario: consultas, quejas y sugerencias y, iii) trámites y transacciones bilaterales”.

 

La característica fundamental de esta información es que se trata de información de libre acceso al público, sin necesidad de petición previa.

 

Para dar cumplimiento a este mandato y al compromiso asumido por el país en la Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información, celebrada en Ginebra, Suiza, en 2003, el Poder Ejecutivo emitió el decreto 1090, del 3 de septiembre de 2004, que crea la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación (OPTIC), como una dependencia con autonomía financiera, estructural y funcional, con el objeto de desarrollar políticas y estrategias que tiendan a democratizar el uso y acceso de estas tecnologías.

 

Dentro de las principales tareas que ha ejecutado esta oficina está la creación de un manual de “Normas y Estándares para Portales Gubernamentales”, que se define como un conjunto de pautas y recomendaciones que persigue la implementación de mejores prácticas nacionales e internacionales referentes al uso de portales de Internet como vía de atención a la ciudadanía.