Al pensar en la ley 169-14 que fundamenta el proceso de naturalización de los dominicanos y dominicanas descendientes de nacionales haitianos irregulares en Rep. Dominicana; pienso, también, cuán limitado está el sentido de humanidad en la élite social dominicana y en el Sr. exPresidente Danilo Medina Sánchez y el Presidente Luis Rodolfo Abinader Corona. Tenemos cuatro indicativos:

Primero, limitados por el poco sentido de humanidad de las instituciones del Estado Dominicano, que no se someten a la Constitución y a las leyes dominicanas; por ejemplo, la Junta Central Electoral (JCE), dado que aún no le ha entregado los documentos de identidad personal dominicana incautados a los descendientes de nacionales haitianos. Digo así, porque la Constitución Dominicana anterior a 2010 reconocía el Jus Solis; es decir, que una persona hija de extranjero nacida en suelo dominicano adquiría la nacionalidad dominicana por haber nacido aquí, menos los hijos de diplomáticos y extranjeros en tránsito.

Todos sabemos el significado de persona en tránsito: una persona extranjera, que no tiene visa dominicana y no puede permanecer en suelo dominicano y espera en el aéreo puerto, unas horas, para cambiar de avión.

Todos conocemos que quien traía los nacionales haitianos a cortar la caña hasta los años de 1970 era el Gobierno Dominicano o los ingenios privados, apoyados por una mafia militar/civil, que traficaba con nacionales haitianos irregulares. Dicho tráfico de obreros nacionales haitianos irregulares era consentido por las autoridades nacionales, que permitían permanecer en territorio dominicano, después de la zafra; y a sus hijos le daban la nacionalidad dominicana porque la Constitución de la época reconocía el Jus Solis; y las instancias oficiales le daban, a esos hijos de irregulares, acta de nacimiento, carnet de identidad y electoral y pasaporte: ¿a quién se le puede creer? Los errores los paga quien los comete, no el más débil…

¿Dónde está la justicia del Tribunal Constitucional? ¿Puede estar en tránsito una persona con 40 años de nacida, criada y documentada por las instituciones del Estado Dominicano y autoridades de República Dominicana? ¿Está el TC por encima de la Constitución Dominicana? Para justificar esta aberración está el show de la retroactivivad…

El segundo límite de la élite social dominicana y del Señor Presidente, a nivel institucional, es el Tribunal Constitucional de RD., el cual no reconoce los derechos adquiridos por los descendientes de los nacionales haitianos dados por la Constitución Dominicana anterior a la Constitución Reformada en el 2010. ¿Puede el T.C. pasarle por arriba a la Constitución Dominicana? Aquí está la raíz de las violaciones a los derechos humanos que desarbolea, que hiere las Instituciones, Gobiernos y Agencias Internacionales y Nacionales con sentido de humanidad, justicia y equidad.

La sentencia 168-13 del TC es la que lleva al Sr exPresidente  Danilo Medina Sánchez a decir en la reunión de la Comunidad de Estados de Latino América y el Caribe (CELAC), en Cuba a principio de 2014, que en RD no se violan los derechos humanos porque los descendientes de nacionales haitianos irregulares “nunca han sido dominicanos”. Ni el mismo Danilo cree esto; lo dice por la camisa de fuerza que tiene puesta y para captar voluntades en el Congreso Dominicano y a los nacionalistas forofos.

Deseo, quisiera, anhelo que el Señor Bernardo Vega tenga presente esta realidad para que entienda por qué los funcionarios dominicanos en el exterior no pueden justificar las violaciones a los derechos humanos impulsadas por el T C y justificarlas de la manera que el Señor exPresidente Danilo Medina las justificó en la reunión de la CELAC, diciendo que aquí “nunca se han violado los derechos de los hijos de haitianos irregulares porque nunca han sido dominicanos”… Después de la reforma Constitucional de 2010, si, se puede afirmar “… no serán dominicanos”

Es curioso que para justificar estas violaciones a los derechos humanos haya que contratar una Agencia Extranjera, como lo ha hecho el Sr. exCanciller Navarro… ¿Porque, con qué cara puede justificar, un dominicano o dominicana en funciones de Estado en el extranjero, una violación a la Constitución Dominicana, antes del 2010, por el TC? No es falta de capacidad, sino por seriedad ningún dominicano o dominicana puede salir a pregonar que en RD no se violan los derechos de los descendientes de nacionales haitianos… A la Agencia contratada lo que le importa son los US$700 mil y pico, que le pagaron… Esa boronita le da para el figureo por unos días…

El tercer límite que tiene el Sr. expresidente Danilo Medina es el Comité Central del PLD y las Alianzas Políticas con partidos que sobreviven. Los Vinchistas no fueron cancelados de la actual administración dirigida por el Lic. Danilo Medina Sánchez, presidente constitucional de RD., ellos, los de la Fuerza Nacional Progresista, renunciaron a los puestos que les ofreció y se mantuvo el gobierno, en su época. Aparentemente, el Señor exPresidente, se dejó usar de esta camarilla de nacionalistas forofos. O al revés, con ellos, así distrae a la opinión pública ante los problemas nacionales que afectan nuestra realidad y capta votos… Es por eso, que no dijo ni fú ni fá cuando los vinchistas se fueron del gobierno y con el mismo silencio quemó y sepultó al Dr. Leonel Fernández, quien tuvo que “dar el piojo”.

Y el cuarto limitante es el silencio, utilizado por todos los políticos, para “hacer lo que siempre se ha hecho”: decir una cosa y hacer otra, o no hacer lo que debe hacer un presidente… Pensemos lo que han dicho el Señor Danilo y el Señor Abinader sobre la reelección…, y después hacen lo contrario; pensemos en el juramento presidencial de cumplir y hacer cumplir la ley…, ¿ y la “justicia fiscal”, qué?…, ¿se han respetado la Constitución y las leyes en el proceso de repatriación masiva e indiscriminada?…, “no se puede ver para atrás y tirar piedras” ¿Por qué la corrupción y la impunidad siguen campante en ambos gobiernos?….   Su silencio se convierte en su túnel de escape, que posiblemente se convierta en su tumba política; porque el Pueblo todavía usa el voto como castigo. El PLD tiene entre sus manos todos los poderes supuestamente democráticos para enriquecimiento personal de los suyos y con ellos “cuatro años más”… ¿Cuál es la ruta política del PRM?…

Viendo esta realidad es cómo podemos caer en la cuenta a dónde nos está llevando el Lic. Danilo Medina Sánchez, expresidente constitucional de RD. Si le seguimos detrás brincando charquitos de agua y cruzando alambre para visitar a comunidades campesinas, poniendo en esos signos el sentido de humanidad…; además, cogiendo US$ prestado y enriqueciendo unos compañeritos usando recursos del Estado en campaña electoral…, Grecia y Puerto Rico nos quedarán bien cerquita porque casi estamos en el mismo cementerio económico… ¿y EL Señor Luis Abinader ha aprendido algo diferente al Señor Danilo Medina?

¿Por qué todo este discurso? Tengo como referencia algo muy sencillo que ha hecho sufrir a miles de dominicanos y dominicanas y nuestras autoridades nacionales se pasean por el mundo tratando de demostrar nuestro derecho a la soberanía nacional pisando el pescuezo a miles de dominicanos y dominicanas descendientes de nacionales haitianos… y para muestra un botón, parecido a Juliana  Deaquí, digo, Juliana Deguis:

Pueblo Nuevo, Mao, el 27 de Septiembre de 1984 nace la niña Miguelina Mercedes Jose declarada tardía en el Registro de Extranjeros el 27 de Septiembre de 2012:  L. 00001, F. 0002,  A. 000002, AÑO  2012. Sus padres son nacionales haitianos irregulares con muchos años viviendo en RD., ya Miguelina tiene 31 años, parece que sus padres están de tránsito en RD, bueno, su madre haitiana sí estaba de tránsito porque ya murió… Miguelina no sabe de letra y firma con X X X . Ella me dice que es dominicana y su sorpresa es grande cuando yo le digo que es haitiana y que por eso no califica ni en el proceso de Regularización ni en la Oficialía Civil Dominicana, que ella tiene que ir al Consulado de Haití en Dajabón para que le saquen su acta de nacimiento como haitiana y su cédula y pasaporte haitiano y luego sacar su visa en el Consulado Dominicano de Wanament; poner sello de salida en Migración de Haití y pagar los impuestos de entrada a RD., y así regulariza su estadía en RD., y que tiene que hacer lo mismo con sus tres hijos… Una señora que no fue a la escuela porque tenía que trabajar para subsistir y lo mínimo que tiene que pagar para regularizar su estadía en RD son US$300.00 (trescientos dólares americanos por cada uno)… Esa es la situación que genera la Sentencia 168-13. la cual da validez retro-activa a la Constitución Reformada del 26 de Enero 2010 y la medicina (ley 169-14) es peor que la enfermedad (sentencia 168-13) porque, también le da una nacionalidad diferente a la propia. Es decir, hace haitiano/a a quienes habiendo nacido antes del 2010, siendo dominicanos, les da identidad haitiana… Eso es violación de sus derechos elementales como persona porque la Constitución Dominicana anterior al 2010 reconocía el Jus Solis (Derecho de tierra) es decir, haber nacido en suelo dominicano. Las autoridades dominicanas justifican esa violación diciendo que RD es un Estado Soberano. LA SOBERANÍA DE UN ESTADO ES PARA DEFENDER LOS DERECHOS HUMANOS, NO PARA VIOLARLOS. Las violaciones padecidas por el empobrecido/empobrecida y las leyes injustas son el camino de la cruz y el Estado/para ricos, es el Gólgota; para los descendientes de nacionales haitianos en RD.

¿Para qué ha servido el proceso de regularización de nacionales haitianos? ¿Un lucrativo negocio para RD?;

¿Dos fuetazos más (PLD y PRM) en el Gólgota para los dominicanos apátridas…?