El derecho administrativo sancionador electoral, tiene una gran fortaleza en el sistema electoral mexicano. Existen un conjunto de nomas que van desde la Constitución, leyes, reglamentos y disposiciones administrativas. Esto ha fortalecido al Instituto Nacional Electoral (INE), con un conjunto de normas y reglas que posibilitan su accionar y su intervención en los procesos electorales.
Queda claro, que hoy en día la normativa electoral debe ser usado continuamente, debido a que los actores del proceso político tienden a movilizarse en procura de sus intereses; y que ya no se trata simplemente de esperar la última hora para su aplicación, debido a que los procesos electorales han cambiado, porque los partidos políticos generan movimientos internos de cara a sus fortalecimiento y obtención del poder.
Si hacemos un examen del sistema administrativo sancionador electoral en México, nos damos cuenta de que a partir de 1996, se realizaron unas (44) reformas que impactaron el sistema jurídico. Surgiendo nuevas facultades para controlar la violación que se pudieran cometer durante el proceso electoral, como por ejemplo: selección de candidatos, presentación de candidatos, resultados electorales, transparencia electoral.
Una particularidad que tiene el INE, es la intervenir en el secreto bancario, el sistema fiscal, el control sobre lavados de activos, información sobre extensión de dominio, el dinero sobre fidecomiso, como si esto fuera poco, la fiscalidad se extiende a la ausencia de manutención de menores de los candidatos.
El tema fiscal y el tema presupuestario van de la mano, también como los topes de campaña, de forma tal que hay una fuerte intervención con los organismos del Estado, que quedan como sujetos obligados ante el órgano electoral.
Es importante destacar que el reglamento sobre las normas sancionador electoral, es extensible inclusive hasta la pérdida de candidatura.
En los años 2019 y 2020, el sistema administrativo sancionador electoral fue profundamente reformado, ochos (8) leyes y 81 artículos fueron impactados, como el área del derecho penal por los delitos electorales, derecho financiero, el derecho tributario y el derecho propiamente electoral.
Estas reformas tienen veintidós (22) nuevas causales, las cuales pueden decidir sobre temas tan importante, como la violencia política de género, la violencia de género como elemento sustantivo y causal deshabilitante. La reforma sancionadora, sin embargo, tiene una fuerte crítica que es el poco resultado que se origina a nivel de sanción de las personas que producen las violaciones.
A pesar de lo anterior estamos en presencia de un sistema normativo fuertemente y fortalecido, que propende a consolidarse y donde el Instituto Electoral de México tiene en sus manos herramientas para aplicarla; bastaría entonces seguir profundizando estas modificaciones y que los tribunales superiores en este caso la Sala Superior y la propia Suprema Corte Justiciade México, apliquen con mayor rigor el peso de la justicia.
Es importante recurrir al pensamiento de Norberto Bobbio, que nos plantea democracia de calidad con un conjunto de atributos, donde todos participen en términos igualitarios y donde la participación se haga entre partes, donde el ciudadano pueda exigir a los mandatarios que sus ejecuciones sean el resultados de sus programas de gobierno.
Mientras tanto, el INE es una de la institución más prestigiosa y con mayor apoyo ciudadano en México.